Conflictos de leyes - Introducción a la teoría del derecho. Manual de clase - Libros y Revistas - VLEX 648690837

Conflictos de leyes

AutorCesáreo Rocha Ochoa
Páginas351-369
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59. Conflictos de las leyes en el tiempo
a. Planteamiento del problema
Está plenamente demostrado que el tiempo cumple un papel trascendental en

factor determinante de la vigencia de la norma jurídica para el establecimiento
de derechos subjetivos. Su transcurso, unido a la presencia del hombre sobre
las cosas, ha dado lugar al nacimiento del derecho, de la misma manera que,
unido a la ausencia del hombre frente a su derecho de propiedad, produce los
efectos extintivos del derecho; da lugar, con los años, al ejercicio de los dere-
chos y a la capacidad de su ejercicio. La ciudadanía es efecto jurídico producido
por el tiempo para concebir la capacidad de ejercicio de los derechos.
El tiempo influye de manera determinante en la vigencia de las normas.
Es generalmente a partir de su publicación cuando comienza su vigencia; se
entiende con sentido de perdurabilidad por el carácter general y abstracción

precepto es solución de una problemática o situación determinada o cuándo
es preciso aplicar una ley nueva en su reemplazo. Surge o puede surgir un
conflicto de las leyes en el tiempo al postular el carácter retroactivo o no de
la norma jurídica.
Tenemos ya suficiente información sobre la importancia de los supuestos
jurídicos y las consecuencias del derecho. Es evidente que no hay consecuen-
cias de derecho sin supuestos jurídicos. Al realizar un hecho jurídico conforme
a la ley, este producirá en el tiempo los efectos pretendidos, pero puede ocurrir

el nuevo hecho va a arrebatar la vigencia a los principios sostenidos en la ley
anterior, o cómo la nueva ley va a producir efectos retroactivos al sustituir los
efectos de la ley que sustituye?
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Introducción a la teoría del derecho. Manual de clase
b. La irretroactividad de la ley en nuestro derecho
Valencia Zea plantea que la aplicación de las leyes en el tiempo puede dar ori-
gen a las siguientes implicaciones: 1) la existencia de una ley que gobierna
determinados hechos jurídicos o consecuencias jurídicas, y 2) la derogación
o modificación de dicha ley por una nueva.271
-
den resolver en tres direcciones: 1) se da a la ley nueva un efecto retroactivo,
es decir, se permite que regrese al pasado y gobierne hechos y consecuencias
jurídicas que regulaba la ley anterior; 2) se da a la nueva ley un efecto inme-
diato, sin carácter retroactivo; en este caso, la nueva ley solamente gobierna
las consecuencias y hechos vigentes a partir de ella misma y se permite que
la anterior siga gobernando los hechos y las consecuencias cumplidos cuando
estaba vigente, y 3) no se da efecto retroactivo ni inmediato a la ley nueva;
se permite la supervivencia de la ley antigua.
A partir de lo anterior, se da a conocer el siguiente ejemplo: una ley
nueva señala la mayoría de edad a los 21 años. Si se ordena que a partir de
la vigencia de dicha ley solo las personas mayores de 21 años son capaces,
tendremos que se le ha dado efecto retroactivo a la ley, pues las personas que
habían alcanzado la capacidad según la ley derogada, los mayores de 18 años
y menores de 21, la pierden y pasan a ser incapaces. Es obvio el efecto retroac-
tivo en este ejemplo, pues quienes habían adquirido una situación jurídica bajo
el imperio de una ley, la pierden en virtud de la nueva ley. La retroactividad
indica precisamente que una ley vuelve sobre el pasado para gobernar hechos
o situaciones reguladas por la ley antigua.
Pero si decimos que la ley nueva solo se aplica a las personas que no
habían alcanzado la mayoría de edad, según la ley derogada, es decir, los
menores de 18 años, tenemos una ley con efecto inmediato, pero sin efecto
retroactivo. La no retroactividad consiste en afirmar que las leyes deben res-
petar las situaciones o relaciones jurídicas constituidas bajo el imperio de la ley

271 A. Valencia, Derecho civil, tomo I, “Parte general y personas”, Bogotá, Temis, 1957, pp.
453 y ss.

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