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Contenido completo del dia 12 de Mayo de 2020

Fecha de publicación12 Mayo 2020
Número de GacetaREGISTRO DISTRITAL 6803
ALCALDESA MAYOR Claudia Nayibe López Hernández
ISSN 0124-0552
REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 52 - No. 6803 - Pp 1 - 20 - 2020 - MAYO - 12
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 52 • Número 6803 • pP. 1-1 • 2020 • MAYO 12
AÑO 52
Número 6803
2020 MAYO 12
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2020
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Resolución Número 075
(Abril 30 de 2020)
“Por la cual se autoriza la utilización de firma
mecánica Inspectores de Policía CTP –
Inspección 24 horas”
EL SUSCRITO DIRECTOR PARA LA GESTIÓN
POLICIVA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE
GOBIERNO DE BOGOTÁ.
en uso de sus facultades legales y en espe-
cial las que le confiere el Decreto Distrital 411
de 2016, y la Resolución No. 455 de 20 de abril
de 2020, expedida por el Secretario Distrital de
Gobierno,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 209 de la Constitución Política de
Colombia señala: “La función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
eciencia, economía, celeridad, imparcialidad y publi-
cidad, mediante la descentralización, la delegación y
la desconcentración de funciones”.
Que el artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 pres-
cribe el uso de la rma mecánica en los siguientes
términos: “Los jefes de las entidades que integran la
Administración Pública podrán hacer uso, bajo su res-
ponsabilidad, de la rma que procede de algún medio
mecánico, tratándose de rmas masivas. En tal caso,
previamente mediante acto administrativo de carácter
general, deberá informar sobre el particular y sobre las
características del medio mecánico”.
Que el numeral 3 del artículo 1° del Decreto 2364 de
2012, dene la rma electrónica como métodos tales
como, códigos, contraseñas, datos biométricos, o
claves criptográcas privadas, que permite identicar
a una persona.
Que el artículo 5º del Acuerdo Distrital 257 de 2006,
señala que las actuaciones administrativas serán
públicas, soportadas en tecnologías de información y
comunicación, de manera que el acceso a la informa-
ción oportuna y conable facilite el ejercicio efectivo de
los derechos constitucionales y legales y los controles
ciudadano, político, scal, disciplinario y de gestión o
administrativo, sin perjuicio de las reservas legales.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del De-
creto 411 de 2016, la Dirección para la Gestión Policiva
de la Subsecretaria de Gestión Local de la Secretaria
Distrital de Gobierno, tiene como función el realizar el
seguimiento administrativo al ejercicio de la función
policiva de las autoridades locales, por lo cual imparte
lineamientos en procura de unicar criterios para que
sean aplicados por las Inspecciones de Policía al mo-
mento de impartir decisiones.
Que mediante Resolución No. 455 de 2020, proferida
por el Despacho del Secretario Distrital de Gobierno,
se estableció: “ ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la
rma mecánica para todos los actos que suscriban
en el ejercicio de sus funciones y competencias los
siguientes funcionarios:
El Director para la Gestión Policiva
Los profesionales Especializados Grado 24 del
grupo de Gestión Jurídica de las Localidades
Los Inspectores de Policía del nivel Factor Local
y Distrital de Bogotá, D,C”
Que el acto administrativo idem determinó en su artí-
culo 3º. “Instar a los Alcaldes Locales y al Director para
la Gestión Policiva a que se implemente y autoricen,
de acuerdo a su competencia como superior funcional,
la rma mecánica de:

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