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Contrato de Cuenta Corriente Bancaria

Actualizado aMarzo 2014

Minuta actualizada a 2014

En la ciudad de ___________, a los ____ días del mes de ________ de ______, entre los suscritos: Banco ________________, representado en este acto por ________________ y ________________ (cliente), ambos mayores y vecinos de ________________, identificados como queda al pie de nuestras correspondientes firmas, acordamos celebrar un CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA sometido a las siguientes cláusulas, contentivas del Reglamento de uso de la misma, el cual es aceptado plenamente por el cuentacorrentista o cliente.

PRIMERA: El Banco solamente estará obligado a pagar los cheques que el cliente libre contra su cuenta, cuando éste tenga provisión de fondos, y los cheques se ciñan a las disposiciones legales y a las condiciones establecidas por el Banco. Los cheques deberán ser girados en la chequera entregada al titular de la cuenta sin presentar señales de alteración o falsificación apreciables, sin examen detenido y a simple vista tanto en el esqueleto del cheque como en las firmas y sellos registrados en el Banco. Las órdenes de no pago de los cheques deberán ser comunicadas por escrito al Banco por el girador o por la autoridad competente y con sujeción a las disposiciones legales.

SEGUNDA: La entrega de chequeras se hará personalmente al titular de la cuenta o a su apoderado debidamente autorizado mediante solicitud escrita. El Banco podrá emplear los medios que, a su juicio, le parezcan adecuados, para establecer la autenticidad de la orden de entrega de la chequera.

TERCERA: Las chequeras especiales, es decir aquéllas que el cuentacorrentista manda imprimir con determinadas características que no aparecen en las chequeras ordinarias, al igual que las chequeras elaboradas en forma continua deberán ser autorizadas previamente, por el Banco y en su elaboración deberán observarse las normas a que se encuentra obligado el Banco por acuerdos interbancarios o decisiones de autoridad. En ambos casos deberá suscribirse por el Cuentacorrentista un .documento sobre el uso de los cheques especiales y extensión de las responsabilidades particulares del titular de la cuenta. Si en la confección de dichas chequeras no se utiliza papel de seguridad suministrado por el Banco, deberá ser en papel aprobado por este. En el uso de chequeras especiales, si estas no están manejadas directamente por el Banco el Cuentacorrentista se compromete a suministrar el número de las chequeras que pondrá en uso para que el Banco registre previamente la numeración respectiva y pueda ejercer el control del caso. También se compromete el Cuentacorrentista a pagar el impuesto de timbre a que hubiere lugar.

CUARTA: El cliente empleará, en la custodia de la chequera y del formulario anexo para solicitar chequeras, el cuidado que una persona diligente y prudente emplea para sus negocios más importantes y responderá ante el Banco y terceros de cualquier uso indebido que se haga de ellos, v.gr. falsificación de cheques, falsificación de...

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