Del contrato de sociedad - De las sociedades comerciales - Decreto-Ley 410 de 27 de marzo de 1971 - Código de Comercio. Tercera edición - Libros y Revistas - VLEX 729899729

Del contrato de sociedad

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas106-235

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CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 98. CONTRATO DE SOCIEDAD. Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.

La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• Estatuto Orgánico del Sistema Financiero: Arts. 2 al 18, Art. 22 num. 5, Art. 24 y Arts. 26 al 45B.

• 'Ley 1258 de 5 de diciembre de 2008: Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada.

• 'Ley 1014 de 26 de enero de 2006: Art. 22.

• 'Ley 454 de 4 de agosto de 1998: Arts. 40 al 50.

• Ley 80 de 28 de octubre de 1993: Art. 7.

• 'Ley 33 de 30 de diciembre de 1992: Art. 4.

• 'Ley 79 de 23 de diciembre de 1988: Arts. 98 al 132.

• 'Decreto-Ley 2150 de 5 de diciembre de 1995: Arts. 40 al 45.

• 'Circular Externa Superintendencia de Sociedades No. 300-000007 de 27 de agosto de 2014: Instrucciones y requisitos relacionados con las Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-205732 DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2016. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Demanda contra la sociedad - Embargo de acciones.

• OFICIO 220-084515 DE 28 DE MAYO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Cesión de una sociedad.

• CONCEPTO 76509 DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2013. DIAN. Implicaciones fiscales que se deben tener en cuenta para el pago de dividendos a accionistas y los contratos en participación.

• OFICIO 220-131546 DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Algunos aspectos relacionados con la persona natural comerciante.

• OFICIO 220-131418 DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. ¿ Cuándo nace a la vida jurídica una sociedad? - Obligación de emitir los estados financieros.

• OFICIO 220-014836 DE 8 DE FEBRERO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Limitación a la participación de un accionista en una sociedad anónima.

• OFICIO 220-001082 DE 13 DE ENERO DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. La persona jurídica una vez constituida forma una persona jurídica diferente - Suscripción de un contrato celebrado entre dos sociedades.

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JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• EXPEDIENTE 20083 DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2015. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. El liquidador de una sociedad ya liquidada solo responde por los perjuicios causados por el incumplimiento de sus deberes y en consecuencia no debe responder por el pago de impuestos cobrados después de la liquidación de la persona jurídica.

• EXPEDIENTE 00136-00 DE 20 DE ENERO DE 2011. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. RAFAEL E. OSTAU DE LAFONT PIANETA. Las sociedades a las que se refiere la ley de fomento a la cultura del emprendimiento (Ley 1014 de 2006) deben constituirse atendiendo las categorías societarias establecidas en el Código de Comercio y no como "sociedades unipersonales".

• EXPEDIENTE 16319 DE 11 DE JUNIO DE 2009. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. HUGO FERNANDO BASTIDAS BÁRCENAS. La capacidad jurídica se conserva hasta que se liquide el ente y se apruebe la cuenta final de liquidación.

• SENTENCIA C-865 DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2004. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. RODRIGO ESCOBAR GIL. Naturaleza jurídica de las sociedades.

ARTÍCULO 99. CAPACIDAD DE LA SOCIEDAD. La capacidad de la sociedad se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto. Se entenderán incluidos en el objeto social los actos directamente relacionados con el mismo y los que tengan como finalidad ejercer los derechos o cumplir las obligaciones, legal o convencionalmente derivados de la existencia y actividad de la sociedad.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• Código de Comercio: Arts. 100, 110, 196, 200, 306 y 438.

• Ley 80 de 28 de octubre de 1993: Art. 7.

• *Circular Externa Superintendencia de Sociedades No. 100-000003 de 22 de julio de 2015: Circular Básica Jurídica.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• OFICIO 220-001672 DE 08 DE ENERO DE 2014. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Honorarios del representante legal.

• CONCEPTO 76509 DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2013. DIAN. Implicaciones fiscales que se deben tener en cuenta para el pago de dividendos a accionistas y los contratos en participación.

• CONCEPTO 2012000905-017 DE 27 DE MARZO DE 2012. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA. Objeto principal, conexo y complementario, entidades vigiladas.

• CONCEPTO 220-160673 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Es enteramente discrecional de los asociados acoger según su conveniencia y necesidad, un objeto social determinado o indeterminado.

• CONCEPTO 220-103821 DE 27 DE OCTUBRE DE 2010. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Irregularidades por parte del Representante Legal en ejercicio de sus funciones; Designación del representante y revisor fiscal; Modificación de las condiciones del reparto de las utilidades decretadas por el máximo órgano social; proposiciones y varios.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• EXPEDIENTE 14855 DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2007. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. JUAN ÁNGEL PALACIO HINCAPIÉ. Constitución de sociedades comerciales.

ARTÍCULO 100. CONCEPTO DE SOCIEDAD COMERCIAL Y LEGISLACIÓN APLICABLE. (Artículo modificado por el artículo 1 de

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la Ley 222 de 20 de diciembre de 1995). Se tendrán como comerciales, para todos los efectos legales las sociedades que se formen para la ejecución de actos o empresas mercantiles. Si la empresa social comprende actos mercantiles y actos que no tengan esa calidad, la sociedad será comercial. Las sociedades que no contemplen en su objeto social actos mercantiles, serán civiles.

Sin embargo, cualquiera que sea su objeto, las sociedades comerciales y civiles estarán sujetas, para todos los efectos, a la legislación mercantil.

• Inciso 2 del artículo 100 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-435 de 12 de septiembre de 1996, Magistrados Ponentes Dres. José G regorio Hernández Galindo y Eduardo Cifuentes Muñoz.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• *Ley 1314 de 13 de julio de 2009: Arts. 2 y 15.

• 'Ley 1258 de 5 de diciembre de 2008: Art. 7.

• 'Ley 222 de 20 de diciembre de 1995: Arts. 34 y 238.

• *Ley 43 de 13 de diciembre de 1990: Art. 13 Par. 2.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• CONCEPTO 92267 DE 23 DE MAYO DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Es obligación de los comerciantes matricularse e inscribir sus establecimientos de comercio en el registro mercantil a cargo de las cámaras de comercio.

• OFICIO 220-078278 DE 4 DE ABRIL DE 2017. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Las profesiones liberales como parte del objeto social de personas jurídicas comerciales.

• OFICIO 220-126077 DE 21 DE SEPTIEMBRE DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Las sociedades civiles, están sujetas para todos los efectos, a la legislación mercantil.

• CONCEPTO 75109 DE 19 DE JUNIO DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Requisitos calidad de comerciante.

• CONCEPTO 068232 DE 26 DE MAYO DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Registro mercantil - Sociedades civiles.

• CONCEPTO 61310 DE 22 DE ABRIL DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Registro mercantil - Sociedades civiles.

• CONCEPTO 55058 DE 20 DE ABRIL DE 2015. SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO. Registro mercantil - Sociedades civiles.

• CONCEPTO 403 DE 1 DE AGOSTO DE 2014. CONSEJO TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA. Obligaciones de las sociedades civiles.

• CONCEPTO 11304 DE 12 DE FEBRERO DE 2014. DIAN. Aportes a Sociedades Nacionales - Enajenación.

• OFICIO 220-209263 DE 4 DE DICIEMBRE DE 2013. SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. Las sociedades civiles no son de competencia de la Superintendencia de Sociedades. Una sociedad por acciones simplificada será siempre de naturaleza comercial.

• CONCEPTO 063179 DE 23 DE JUNIO DE 2011. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO. En relación con las páginas web de origen colombiano, las personas naturales o jurídicas deberán inscribir las páginas web que comporten tal condición, en el registro mercantil.

• CONCEPTO 036044 DE 9 DE MAYO DE 2011. SUPERINDUSTRIA Y COMERCIO.

Progresividad en la matrícula mercantil para las pequeñas empresas.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com).

• EXPEDIENTE 00089-01 DE 7 DE JUNIO DE 2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. JESÚS VALL DE RUTÉN RUIZ. Acreditación de la affectio societatis o idea de la voluntad de formar sociedad.

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EXPEDIENTE 16365 DE^ 6 DE AGOSTO DE 2009. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. HÉCTOR J. ROMERO DÍAZ. Actividades de comercio.

EXPEDIENTE 16054 DE 3 DE ABRIL DE 2008. CONSEJO DE ESTADO. C. P. DRA. LIGIA I ÓPEZ DÍAZ Se considera sociedad comercial cuando es asociada de otras, negocia a título oneroso partes de interés cuotas o acciones.

ARTÍCULO 101. VALIDEZ DEL CONTRATO DE SOCIEDAD. Para que el contrato de sociedad sea válido respecto de cada uno de los asociados será necesario que de su parte haya capacidad legal y consentimiento exento de error esencial, fuerza o dolo, y que las obligaciones que contraigan tengan un objeto y una causa lícitos. Se entiende por error esencial el que versa sobre los móviles determinantes del acto o contrato, comunes o conocidos por las partes.

CONCORDANCIAS:

• Código de Comercio: Arts. 104 y 107.

• Código Civil: Arts. 1740 al 1756.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite...

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