Los contratos de colaboración empresarial y sus efectos en los convenios de doble imposición - Núm. 22, Enero 2023 - Revista de Derecho Fiscal - Libros y Revistas - VLEX 915618309

Los contratos de colaboración empresarial y sus efectos en los convenios de doble imposición

AutorFabián Jaimes Poveda
CargoAbogado y magíster en Derecho del Estado con énfasis en Derecho Tributario, Universidad Externado de Colombia
Páginas33-79
Revista de Derecho Fiscal n.º 22 enero-junio de 2023 pp. 33-79
Los contratos de colaboración empresarial
y sus efectos en los convenios de doble
imposición
Bussiness Collaboration Agreement
and their Efects on Double Taxation
Agreements
Contratos de colaboração empresarial
e seus efeitos nos contratos de dupla
tributação
Fabián JaiMes Poveda*
* Abogado y magíster en Derecho del Estado con énfasis en Derecho Tributa-
rio, Universidad Externado de Colombia; especialista en Derecho Tributario
y en Derecho Administrativo, Universidad del Rosario. Socio fundador de
la firma Poveda Vieira Consultores Legales SAS.
fabianjaimes@vplegal.com.co
https://orcid.org/my-orcid?orcid=0000-0003-0101-9785
doi: https://doi.org/10.18601/16926722.n22.02
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Fabián Jaimes Poveda
Resumen
El debate sobre la aplicación de los CDI a las “agrupaciones de personas” se ha acotado
con la modificación del artículo 1.º del Instrumento Multilateral y el MCOCDE 2017.
La inclusión expresa del Régimen de Transparencia para las “agrupaciones de personas”
dejó de reconocer como beneficiarios del CDI a las agrupaciones de personas que no
sean contribuyentes del impuesto a la renta y por lo mismo no detentan la calidad de re-
sidente fiscal para efectos de la aplicación de los CDI. Por otra parte, los CCE no tienen
la capacidad de configuran por sí mismos un establecimiento permanente, sin embargo,
los aportes hechos a un CCE por parte de sus asociados sí lo pueden hacer. Para ellos
debe revisarse cada caso y establecer si los aportes cumplen los requisitos de configura-
ción del EP de la regla base, el de obra o construcción o el de servicios o representación.
Palabras claves: contratos de colaboración empresarial, convenios de doble imposi-
ción, establecimiento permanente, agrupación de personas, régimen de transparencia,
régimen subjetivo de los convenios de doble imposición.
Abstract
The application of the CDI to “any other body of persons” has been limited with article
1 of the Multilateral Instrument and the MCOCDE 2017. The inclusion of the Transpa-
rency Regime for “any other body of persons” ceased to recognize them as beneficiaries
of the CDI, whether are not taxpayers of income, and therefore do not hold the status of
tax resident for the application of the CDI. On the other hand, the CCEs cannot set up a
permanent establishment by themselves. However, the contributions made to a CCE by
their associates can do so. Each case must be addressed in detail and check if the con-
tributions meet the configuration requirements of the EP of the base rule, the work or
construction, or the services or representation.
Keywords: bussiness collaboration agreement, double taxation agreements, permanent
establishment, body of persons, partly fiscally transparent, persons covered.
Resumo
O debate sobre a aplicação do CDI a “grupos de pessoas” ficou limitado com a modifi-
cação do artigo 1º do Instrumento Multilateral e do MCOCDE 2017. A inclusão expres-
sa do Regime de Transparência para “grupos de pessoas” deixou de reconhecer como
beneficiários do CDI a grupos de pessoas que não sejam contribuintes do imposto de
renda e, portanto, não detenham a condição de residente fiscal para fins de aplicação do
CDI. Por outro lado, as CCEs não têm capacidade para constituir um estabelecimento
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estável por si próprias, no entanto, as contribuições feitas a uma CCE pelos seus asso-
ciados podem fazê-lo. Para eles, cada caso deve ser analisado e deve ser estabelecido se
as contribuições atendem aos requisitos de configuração do PE da regra base, a de obra
ou construção ou a de serviços ou representação.
Palavras chave: contratos de colaboração empresarial, acordos de dupla tributação, es-
tabelecimento estável, agrupamento de pessoas, regime de transparencia, regime subje-
tivo dos acordos de dupla tributação.
Introducción
El presente estudio tiene como punto de partida el género contractual de los contratos de
colaboración empresarial (CCE) en la dimensión de figura jurídica de amplia utilización
en la estructuración de negocios, por sus características de ser contratos flexibles, casuís-
ticos y carentes de reglamentación normativa; sin embargo, en el campo de la tributación
internacional se generan interrogantes cuya respuesta preliminar es necesaria para consi-
derarlos como vehículos idóneos de planeación. Al efecto, es preciso establecer si al estar
en el ámbito de aplicación subjetiva bajo el concepto de agrupaciones de personas los
CCE son beneficiarios de los Convenios de Doble Imposición (CDI) o si al ser conside-
rados entidades transparentes dejan de ser residentes fiscales y por contera beneficiarios
del CDI. Adicionalmente, establecer si los CCE per se configuran un Establecimiento Per-
manente (EP) o si son los aportes realizados por los partícipes los llamados a configuran
potencialmente alguno de los tipos de EP.
El objeto de análisis se abordó inicialmente con las reglas de interpretación de los
convenios públicos internacionales bajo los artículos 31 al 33 de la Convención de Viena
y el Derecho de los Tratados (CVDT) y su incidencia en los CDI. Al estar frente a las di-
ferentes fuentes de interpretación de los CDI, empezando por las propias de cada uno de
los Estados, la determinación de unas reglas de interpretación unívocas es esencial para
la comprensión de los términos definidos en el CDI y de los contextos en los cuales se
suscriben los acuerdos. Así mismo, establecer el alcance de los comentarios explicativos
al Modelo de Convenio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Econó-
mico, en adelante MCOCDE, los cuales son calificados en diferentes dimensiones por
la doctrina.
En cuanto al ámbito de aplicación subjetivo del CDI a los CCE se interroga si ¿el CCE
es residente para los efectos del CDI? La respuesta a esta pregunta se obtiene del análisis
de diferentes documentos elaborados por el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE so-
bre las “agrupaciones de personas”, a saber: a) “Informe sobre la aplicación del modelo
de convenio de doble tributación a las partnerships” de 1999, b) el Informe final sobre
Neutralising the Effects of Hybrid Mismatch Arrangements del 5 de octubre del 2015,
en armonía con el Instrumento Multilateral para Implementar el Plan BEPS del 24 de

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