El control disciplinario de los servidores públicos - Núm. 61, Enero 2014 - Faceta Juridica - Noticias - VLEX 520096134

El control disciplinario de los servidores públicos

Páginas1-4
* Materia tr atada por la Corte C onstitucional, med iante senten-
cia SU-712 del 17 de octubre de 2013, M.S. Dr. Jorge Iván Palacio
Palacio.
1 Corte Const itucional, Sentencia C-032 de 1999.
“El derecho es el conjunto de las condiciones
por las cuales el arbitrio de cada c ual puede
coexistir con el arbitrio de los dem ás”.
KANT.
El control disciplinario de los servidores públicos
Competencia de la Procuraduría General de la Nación
respecto de quienes ejercen funciones públicas, inclusive los de elección popular
1. Las reglas de competencia del Minister io Público
en materia disciplinaria
Las reglas de competencia del Ministe rio Público
no pueden concebirse de manera aislada , sino “como

   1, es
decir, como parte integr al de la Constitución.
En lo concerniente al control disciplina rio, en repe-
tidas ocasiones esta Cort e ha tenido oportu nidad de
referirse a su import ancia y fundame ntos constitucio-

encuentra sustento en el concepto de Estado Social de


         
suerte de cláusula de respons abilidad, al declarar que
los servidores públicos -todos, sin excepción- son res-
ponsables no solo por infringi r la Constitución y la ley,
sino también por la omisión o extralim itación en el ejer-

que cualquier persona pueda exigi r directamente “la
aplicación de las sanciones penales o disciplinarias

        
empleo público que no tenga funciones detallada s en
la ley y el reglamento, a la vez que impone a los servi-
dores públicos, antes de comenzar a ejercer s us cargos,
el deber de jurar cumplir la Const itución y desempeñar
los deberes asignados. Con ello, además de adqui rirse
un compromiso de manera protoc olaria, se deja entrever
que la inobservancia de los deberes habr á de ser repren-
dida por las autoridades compe tentes.

-entre quienes se encuent ran expresamente señalados
los miembros de las corporaciones públicas- est án al
servicio del Estado y de la comunid ad, cuyas funciones
se ejercen bajo el principio de legalidad.

la responsabilidad de los serv idores públicos y la forma
de hacerla efectiva,      -
    
a que los servidores públicos deben responder por el
  
 2.
-
sales del retiro del servicio público es la violación del
régimen disciplinar io, de acuerdo con las previsiones
señaladas en la Constit ución y la ley.

“la función administrativa está al servicio de los inte-
reses generales y se desarrolla con fundamento en los

 .
Estas normas integ ran los postulados constituciona-
   
Estado y el ejercicio de la función pública. Como puede
verse, en ellas se reconoce la existencia del control dis-
ciplinario en el evento en que cualquier ser vidor público
incumpla sus deberes fu ncionales. Control que, desde la
misma perspectiva, ha de se r más exigente en la medida
en que existan mayores responsabilida des en la estruc-
tura del Estado. Al resp ecto la Corte ha explicado que:

es la misma, bien que se aplique al personal que se
encuentra al servicio de las cámaras legislativas o de
  
valer frente a los servidores públicos que pertenecen
          
respecto de los funcionarios o empleados de la Rama
      
que pueden pertenecer a cualquiera de las ramas u
órganos, según lo que determine la Constitución o la
ley, en diversas formas e instancia s, tanto interna como
3
Recuérdese que el ejercicio de la potestad discipli-
naria está orient ado a velar por el cumplimiento de los
principios que regulan el ejercicio de la función pública
“integrado p or todas
-
vidores públicos un determin ado comportamiento en el

4. Lo ante-
rior, según ha explicado la jurispr udencia, supone que
“todos los servidores públicos deben propender por el
     -
brados, esto es, servir al Estado y a la comunidad en
-
5.
Desde esta perspect iva, las prerrogativas parlamen-
tarias no pueden ser i nterpretada s como una suerte de
inmunidad d isciplinaria que sustr aiga la competencia
del Ministerio Público. Según f ue explicado anterior-
mente, ellas pretenden rodear a los congre sistas de las
  
independiente de la fu nción constitucionalmente asig-
nada, pero no son una ca rta abierta pa ra el ejercicio
desmedido de la función pública, donde la existencia
de controles -internos y exter nos- se hace aún más
relevante.
-
plinario aquellas conducta s de los congresistas que no
se enmarcan dent ro de las taxativas
causales de pérdida de investidu-
  
y tampoco dan lugar a med idas
correccionales internas (control
 
representen el incumplim iento de
los deberes funcionales que como
todo servidor público tienen los
congresist as.
2. La competencia atribuida
constitucionalmente es compati-

2.1.- La competencia atribu ida
constitucionalmente al Proc urador
General de la Nación para investi-
gar y sancionar disciplinar iamente
a quienes desempeñen fu nciones
públicas, inclusive tratándose de
cargos de elección popular, es com-
patible con la Convención Ameri-
cana sobre Derechos Humanos.
Teniendo en cuenta que la
Convención hace parte del bloque
de constitucionalidad, en v irtud
      
de la Constitución, según el cual,
los derechos y deberes constitu-
cionales deben ser interpret ados
“de conformidad con los tratados
   
    -
  es preciso examina r el alcan-

del siguiente tenor:
    


  
oportunidades:

de los asuntos públicos, directa-
mente o por medio de representan-
tes libremente elegidos;
2  
3  
4  
5  
6 Aprobada en el orden amiento inter-

FACET
JURÍDICA
Nº 61 Enero-Febrero de 2014 E-mail: facetaj@edileyer.com Valor $ 6.000 ISSN 1900-O421

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