Convenciones pactos colectivos y contratos sindicales - vLex Colombia

Convenciones pactos colectivos y contratos sindicales

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas372-385

Page 372

Capítulo I Convenciones colectivas

ARTÍCULO 467. DEFINICIÓN. (Aparte en cursiva, remplazado por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990).

Convención colectiva de trabajo es la que se celebra entre uno o varios empleadores o asociaciones patronales, por una parte, y uno o varios sindicatos o federaciones sindicales de trabajadores, por la otra, para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su vigencia.

• Articulo 467 declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-201 de 19 de marzo de 2002, Magistrado Ponente Dr. Jaime Araújo Rentería.

• Aparte subrayado del artículo 467, declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-009 de 20 de enero de 1994, Magistrado Ponente Dr. Antonio Barrera Carbonell.

CONCORDANCIAS: ('Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.conf

Código Sustantivo del Trabajo: Art. 373 num. 3, Arts. 374, 379, 416, 435, 461, 470, 473 y 481.

• *Ley 27 de 15 de deptiembre de 1976: Art. 4.

• "Decreto 904 de 20 de abril de 1951: Por el cual se dicta una disposición sobre Convenciones Colectivas de Trabajo.

Constitución Política de Colombia: Art. 53, Art. 55 num. 2 y Art. 56 num. 2.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• CONCEPTO 118825 DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 2012 MINISTERIO DEL TRABAJO.

Todo el que sea empleador, independientemente de la naturaleza jurídica de la sociedad, puede celebrar convenciones colectivas en las condiciones consagradas en la legislación laboral.

• CONCEPTO 101883 DE 12 DE ABRIL DE 2011 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Beneficios de salud consagrados en la convención colectiva.

• CONCEPTO 99975 DE 11 DE ABRIL DE 2011 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Convención colectiva.

• CONCEPTO 43931 DE 17 DE FEBRERO DE 2011 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Interpretación convención, contratistas petroleras.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• EXPEDIENTE 53630 DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 2017. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. SANTANDER RAFAEL BRITO CUADRADO. Cuando en el recurso de casación se reclaman derechos convencionales se deben acusar los artícubs 467 o 476 del CST.

• EXPEDIENTE 49978 DE 25 DE ENERO DE 2017 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ. Si bien, en principio, la convención colectiva sob aplica a situaciones existentes durante la vigencia del contrato, por excepción, las partes pueden darle efectos ulteriores, pero ello debe quedar consagrado de manera expresa, clara y manifiesta.

• EXPEDIENTE 50194 DE 16 DE JULIO DE 2014 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO. Los artícubs 467 y del Código Sustantivo

Page 373

del Trabajo, otorgan derecho de acción a los trabajadores para reclamar el incumplimiento de convenios colectivos.

EXPEDIENTE 39157 DE 15 DE MARZO DE 2011 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE. Procedimiento disciplinario estatuido en acuerdo colectivo para dar por terminado un contrato con justa causa.

EXPEDIENTE 0785-2009 DE 26 DE AGOSTO DE 2010 CONSEJO DE ESTADO. C. P. DR. VÍCTOR HERNANDO ALVARADO ARDILA. Del derecho de los empleados públicos a suscribir y beneficiarse de convenciones colectivas.

SENTENCIA T-251 DE 16 DE ABRIL DE 2010 CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. NELSON PINILLA PINILLA. La convención colectiva es uno de los instrumentos o mecanismos para la negociación, destinada a dar solución y a poner fin a los conflictos colectivos de trabajo.

ARTICULO 468. CONTENIDO. Además de las estipulaciones que las partes acuerden en relación con las condiciones generales de trabajo, en la convención colectiva se indicarán la empresa o establecimiento, industria y oficios que comprenda, el lugar o lugares donde ha de regir la fecha en que entrará en vigor, el plazo de duración y las causas y modalidades de su prórroga, su desahucio o denuncia y la responsabilidad que su incumplimiento entrañe.

CONCORDANCIAS: (*Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

Código Sustantivo del Trabajo: Arts. 13, 43 y 477.

• *Ley 789 de 27 de diciembre de 2002: Art. 30 ¡nc. 6.

Constitución Política de Colombia: Art. 55.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• EXPEDIENTE 35311 DE 3 DE DICIEMBRE DE 2008 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ. Interpretación errónea de lo dispuesto en la norma, y desconocimiento de la convención colectiva.

ARTICULO 469. FORMA. La convención colectiva debe celebrarse por escrito y se extenderá en tantos ejemplares cuantas sean las partes y uno más, que se depositará necesariamente en el Departamento Nacional de Trabajo, a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes al de su firma. Sin el cumplimiento de todos estos requisitos la convención no produce ningún efecto.

CONCORDANCIAS: ('Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com

Código Sustantivo del Trabajo: Art. 482.

Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social: Art. 54A num. 3 y Art. 61.

Código General del Proceso: Art. 260.

• "Decreto 1741 de 3 de septiembre de 1993: Art. 37 num. 3.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.coni)

• EXPEDIENTE 16505 DE 25 DE OCTUBRE DE 2001 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS GONZALO TORO CORREA. Prueba del depósito de las convenciones colectivas.

Page 374

ARTICULO 470. CAMPO DE APLICACIÓN. (Aparte en cursiva, remplazado por disposición del artículo 107 de la Ley 50 de 28 de diciembre de 1990). (Artículo modificado por el artículo 37 del Decreto-Ley 2351 de 4 de septiembre de 1965). Las convenciones colectivas entre empleadores y sindicatos cuyo número de afiliados no exceda de la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, solamente son aplicables a los miembros del sindicato que las haya celebrado, y a quienes adhieran a ellas o ingresen posteriormente al sindicato.

• Artículo 470 declarado EXEQUIBLE, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-710 de 9 de diciembre de 1996, Magistrado Ponente Dr. Jorge Arango Mejía.

CONCORDANCIAS: ('Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com

Código Sustantivo del Trabajo: Art. 353 num. 1, Art. 373 y Art. 481 A.

• *Decreto-Ley 18 de 6 de febrero de 1958: Art. 2.

• "Decreto 1741 de 3 de septiembre de 1993: Art. 37 num. 3.

DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• CONCEPTO 71498 DE 27 DE ABRIL DE 2015. MINISTERIO DE TRABAJO. Extensión de beneficios convencionales.

JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

• EXPEDIENTE 76301 DE 25 DE ENERO DE 2017 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO. Establecer en el laudo incrementos salariales que puedan generar diferencias con trabajadores no sindicalizados no constituye un trato discriminatorio, pues unos y otros, desde el punto de vista jurídico, están situados en un plano desigual.

• EXPEDIENTE 37478 DE 7 DE JULIO DE 2010 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ. El contrato colectivo de trabajo es una institución sui generis, pues tiene origen contractual y se rige por las normas que regulan las obligaciones y los contratos.

SENTENCIA T-540 DE 11 DE MAYO DE 2000. CORTE CONSTITUCIONAL. M. P. DR. FABIO MORÓN DÍAZ. La aplicabilidad de las convenciones colectivas no se presume.

ARTICULO 471. EXTENSIÓN A TERCEROS. (Artículo modificado por el artículo 38 del Decreto-Ley 2351 de 4 de septiembre de 1965).

  1. Cuando en la convención colectiva sea parte un sindicato cuyos afiliados excedan de la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, las normas de la convención se extienden a todos los trabajadores de la misma, sean o no sindicalizados.

  2. Lo dispuesto en este artículo se aplica también cuando el número de afiliados al sindicato llegare a exceder del límite indicado, con posterioridad a la firma de la convención.

    CONCORDANCIAS: Para su consulta debe ser suscriptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    Código Sustantivo del Trabajo: Arts. 357 y 414.

    • *Ley 4 de 18 de mayo de 1992: Art. 9.

    Page 375

    • *Ley 48 de 16 de diciembre de 1968: Art. 3 num. 5.

    • *Decreto-Ley 2351 de 4 de septiembre de 1965: Art. 39.

    • *Decreto-Ley 18 de 6 de febrero de 1958: Art. 2.

    DOCTRINA: (Para su consulta debe ser suscríptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    • CONCEPTO 71498 DE 27 DE ABRIL DE 2015. MINISTERIO DE TRABAJO. Extensión de beneficios convencionales.

    • CONCEPTO 301583 DE 24 DE SEPTIEMBRE DE 2009 MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL.Prórroga automática de pactos colectivos de trabajo.

    JURISPRUDENCIA: (Para su consulta debe ser suscríptor. Visite www.nuevalegislacion.com)

    • EXPEDIENTE 76301 DE 25 DE ENERO DE 2017 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DRA. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO. Establecer en el laudo incrementos salariales que puedan generar diferencias con trabajadores no sindicalizados no constituye un trato discriminatorio, pues unos y otros, desde el punto de vista jurídico, están situados en un plano desigual.

    • EXPEDIENTE 38463 DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2012 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS. Beneficiario de convención colectiva aún cuando no pagó las cuotas sindicales.

    • EXPEDIENTE 43622 DE 13 DE JUNIO DE 2012 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. CARLOS ERNESTO MOLINA MONSALVE. Dada la naturaleza de la convención colectiva de trabajo, son las mismas partes las llamadas a fijar el contenido y alcance de sus normas.

    • EXPEDIENTE 37478 DE 7 DE JULIO DE 2010 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. M. P. DR. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ. El contrato colectivo de trabajo es una institución sui generis, pues tiene origen contractual y se rige por las normas que regulan las...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex