La Corte Constitucional como agente del campo jurídico colombiano: la omisión legislativa de principios constitucionales
Autor | Olga González Noriega |
Cargo | Abogada y docente de la Universidad Industrial de Santander -UIS- |
Páginas | 123-137 |
ISSN: 1900-0448, IUSTA, N.º 41, julio-diciembre de 2014, pp. 123-137
La Corte Constitucional como agente del campo
jurídico colombiano: la omisión legislativa de
principios constitucionales*1
Olga Cecilia González Noriega**2
Recibido: 8 de abril de 2014. • Revisado: 8 de junio de 2014.
Aprobado: 7 de septiembre de 2014.
Resumen
La inactividad o silencio de los órganos legislativos del Estado colombiano, frente a
un mandato constitucional, conlleva desconocimiento de principios constituciones,
valores y derechos de los administrados y, por ende, genera consecuencias jurídicas.
En este sentido, ante el vacío normativo producido por la omisión legislativa absoluta
o total, le corresponde al máximo órgano constitucional, como agente del campo
jurídico, ejercer su capacidad de imponer con fuerza de autoridad sus pronuncia-
mientos, crear una regla jurídica y aplicar en forma directa criterios axiológicos de
la Carta Política, subsanando con ello la inactividad del legislador.
El objetivo general del presente artículo es identicar la naturaleza jurídica de la
omisión legislativa y el papel que al respecto debe adelantar la Corte Constitucional.
Lo anterior en aras de evidenciar cómo las autoridades legislativas deben ajustarse a
los marcos trazados por el ordenamiento constitucional, y en especial, a las directri-
ces de la Corte Constitucional, debiendo observar y acatar los mandatos previstos.
* El presente artículo es producto del proyecto de investigación titulado: La responsabilidad del
Estado por el daño antijurídico de la falta de regulación o por la regulación legítima, para optar al título de
doctor en Derecho de la Universidad Santo Tomas (sede Bogotá). Dicho proyecto de investigación ha
sido nanciado por la Universidad Industrial de Santander –UIS–, a través del apoyo económico que
la citada Universidad otorgó a la autora del artículo.
2 ** Abogada y docente de la Universidad Industrial de Santander –UIS–. Magister en Hermenéutica
Jurídica y Derecho, Universidad Industrial de Santander –UIS–. Correo electrónico: ogonzaleznoriega@
gmail.com
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