Corte falla en un caso de pensión por convención - 27 de Mayo de 2022 - El Tiempo - Noticias - VLEX 905314403

Corte falla en un caso de pensión por convención

Si pasaron 30 días desde que un trabajador cumplió los requisitos para tener una pensión convencional y no la ha solicitado, el empleador puede otorgársela y, tras notificarlo de ello, despedirlo. Así lo recordó la Corte Suprema de Justicia, al estudiar el caso de una mujer que pedía que se condenara a la empresa a pagarle una indemnización por despido sin justa causa. La pensión convencional se logra como consecuencia de una negociación colectiva entre empleador y la organización sindical en favor de los trabajadores afiliados a esta o que logran ser beneficiarios de ella. Es decir, no es la pensión de vejez, que se da por el cumplimiento de la edad y de las semanas que establece la ley, sino una que se otorga como beneficio de la convención colectiva en la que se pueden pactar condiciones especiales para alcanzarla. Y se trata de pensiones que, desde 2005, ya no pueden otorgarse en virtud de una reforma constitucional. La Corte expuso que el artículo 33 de la Ley 100 de 1993 indica que es una justa causa para dar por terminada la relación que el trabajador cumpla con los requisitos para tener derecho a la pensión. Ese mismo artículo...

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