Creación y organización de empresas - Proyectos de inversión para las PYME - 3ra edición - Libros y Revistas - VLEX 648935637

Creación y organización de empresas

AutorJuan Antonio Flórez Uribe
Cargo del AutorAdministrador de empresas de la Universidad Externado de Colombia
Páginas17-39
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Capítulo 2
Creación y organización de
empresas
Como parte final para transformar la idea en una realidad, este capítulo presenta
las consideraciones que se deben tener en cuenta en la definición del tipo de
sociedad que más se ajuste al proyecto; los trámites a seguir para su creación y
puesta en funcionamiento; así como los momentos decisivos por los que gene-
ralmente atraviesa un emprendedor cuando se dedica a construir una empresa.
Una empresa se puede crear y organizar cuando se tenga plenamente definido
el plan de negocio, ya que este prevé el estudio del mercado; los productos
y/o servicios que serán ofrecidos; los proveedores; su tamaño y localización; la
ingeniería del proyecto; su estructura organizacional; las variables financieras,
económicas y políticas que pueden afectar al proyecto.
Durante el proceso de creación, es preciso tener claro el tipo de estructura empre-
sarial que más se ajusta al plan de negocio que se quiere llevar a la práctica. Para
realizarlo, es importante definir si se efectuará a través de la figura de una persona
natural o de persona jurídicamente constituida, ya sea como empresa comercial
o como entidad sin ánimo de lucro.
De una u otra forma, su gestión se enmarca dentro del concepto de comer-
ciante, que es la persona que ejerce de manera permanente, y no solo en forma
ocasional, alguna de las actividades consideradas por la Ley como mercantil,
ya sea a título personal o por intermedio de alguna persona que lo represente.
Las personas que ejercen esporádicamente actividades de comercio no se pue-
den considerar como comerciantes, pero las actividades que realicen se deben
regir por las normas comerciales.
Para que las personas naturales puedan ejercer actividades comerciales deben
ser mayores de edad, no ser consideradas jurídicamente como personas inca-
paces o tener alguna sentencia judicial, que les prohíba administrar sus propios
bienes por el mal manejo de sus intereses económicos.
Una persona natural o jurídicamente constituida, puede considerarse como co-
merciante si se encuentra inscrita en el registro mercantil que llevan las cámaras
PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA LAS PYME
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de comercio, si tiene un establecimiento de comercio abierto al público y si
anuncia al público por cualquier medio su calidad de comerciante. Sin embargo,
no pueden ejercer actos de comercio los funcionarios de entidades oficiales y
semioficiales en actividades mercantiles que tengan que ver con sus funciones;
tampoco a quienes, por medio de una sentencia judicial, se les ha prohibido el
ejercicio del comercio.
Para ejercer actividades comerciales en forma permanente, se debe cumplir con
las siguientes obligaciones legales:
Estar matriculado en el registro mercantil como comerciante
Tener registro del libro de actas, del libro diario, libro mayor y de balances
Llevar contabilidad de sus actividades comerciales, conforme a las pres-
cripciones legales
De acuerdo con la Ley, conservar la correspondencia y, en general, los do-
cumentos relacionados con sus negocios o actividades
No realizar actos de competencia desleal
Consideraciones a tener en cuenta para la creación
de una empresa
En la creación de una empresa es importante definir las actividades a las que esta
se va a dedicar e identificar las personas o entidades con las que va a estar en
constante comunicación. Estos elementos permiten establecer las actividades
que va a realizar la empresa, mantener la normatividad vigente bajo la cual debe
operar, los tipos de permiso, autorización o registro que puede necesitar para de-
sarrollarse, así como ante qué autoridades o entidades es necesario tramitarlos.
En la realización de las labores mercantiles, es necesario identificar el tipo de
organización empresarial que más se ajusta a sus actividades, ya sea de natu-
raleza comercial o que funcione como una entidad sin ánimo de lucro. Si son
actividades de tipo mercantil, es esencial consultar el artículo 20 del Código de
Comercio.
También es imprescindible conocer integralmente el negocio, para definir si
existe o no la necesidad de asociarse con inversionistas, o si está en condi-
ciones de funcionar de manera independiente y de obtener los objetivos pro-
puestos. Si la entidad requiere asociarse, la selección de sus posibles socios o
asociados debe ser muy cuidadosa, pues el equipo de trabajo que integre debe
estar conformado por personas de su entera confianza y que se identifiquen con
los objetos propuestos para este negocio.
Una vez integrado el equipo de trabajo, será posible definir si las actividades
a realizar se van a ejecutar de manera independiente, como persona natural o

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