Criterios del Análisis Económico del Derecho aplicables al estudio de la patentabilidad de programas de computador - Núm. 41, Enero 2014 - Revista Con-texto - Libros y Revistas - VLEX 736556669

Criterios del Análisis Económico del Derecho aplicables al estudio de la patentabilidad de programas de computador

AutorDavid Andrés Aguirre Soriano
CargoAbogado, egresado de la Universidad La Gran Colombia, Bogotá
Páginas87-114
con-textorevista de derecho y economían.º 41 • enero-junio 2014 • pp. 87-114
Criterios del Análisis
Económico del Derecho
aplicables al estudio
de la patentabilidad
de programas de
computador*1
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Este trabajo tiene por objeto abordar, desde la metodología y preceptos teóricos del Aná-
lisis Económico del Derecho, la hipótesis de la patentabilidad de programas de ordenador,
con el f‌in de anticiparse en términos de ef‌iciencia o inef‌iciencia, al resultado de proteger
la propiedad intelectual de este bien inmaterial bajo el régimen de patentes, a través de la
observación de las interacciones entre los sujetos y tal hipótesis, que ya es funcional en
algunos regímenes jurídicos.
Palabras clave: Ef‌iciencia económica, Maximización, Protección, Análisis económico
positivo, Costo de transacción.
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1 El presente trabajo corresponde a una inquietud académica, surgida del evento vii jornadas gecti., de actualización
en internet, comercio electrónico, telecomunicaciones e informática, organizado y realizado el 11 de noviembre de 2010
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publicado producción académica del autor, tal como el artículo científ‌ico El posible impacto de la patentabilidad
del software en la economía colombiana, publicado en el n.° 6 de la revista Derecho, comunicaciones y nuevas tecnologías,
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comercial y de las nuevas tecnologías. Consultor, autor de varios artículos académicos publicados en revistas
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de la sección expertos, en la especialidad de legislación f‌inanciera, del sitio web especializado en mercados
f‌inancieros: Ideas de inversión. Correo-e: 
anÁlisis económico
del derecho
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david andrés aguirre soriano
con-textorevista de derecho y economían.º 41 • enero-junio 2014 • pp. 87-114
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OF ECONOMICS ANALYSIS OF LAW
ABSTRACT
This work have by object to approach from the methodology and theoretical precepts of
economic analysis of law, the hypothesis of the patentability of computer programs, with
the purpose to anticipate in terms of eff‌iciency or ineff‌iciency, the result of the protection
of the intellectual property of this intangible under the patent regime, through of the ob-
servation of interactions between the subjects and such hypothesis, that is functional in
some legal regimes.
Keywords: Economic Eff‌iciency, Maximization, Protection, Positive Economic Analy-
sis, Transaction Cost.
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nador o soporte lógico –software– bajo el régimen de patentes, indudablemente conlleva
efectos de distinta naturaleza. Esta tendencia ha sido muy controvertida en la academia,
con base en las contradicciones ya existentes, entre cuerpos normativos que consideran al
software como una obra del dominio literario objeto de derecho de autor, para el que a su
vez se prohíbe expresamente su patentabilidad, y el convenio de la adPic –acuerdo sobre
los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio–, que incluye dentro
de la materia patentable los productos de cualquier campo de la tecnología. A lo anterior
se suman las decisiones que han proporcionado criterios interpretativos tendientes a la
protección del software mediante patentes, tales como las decisiones hito, derivadas de
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sos Seitenpuffer y Sohei, en Europa, que si bien no declaran al software como un producto
patentable, abren la puerta a que este se pueda patentar en algunos casos o, dicho de otra
forma, atenúan dicha prohibición.
Las múltiples circunstancias derivadas de la experiencia del Derecho comparado han
generado inquietudes en torno a cuál es la forma más ef‌iciente de protección de la propiedad
intelectual del software, dado que algunas decisiones judiciales y administrativas en Estados
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que el software sea un producto patentable, dada la posible adecuación de su naturaleza, a
los requisitos de novedad, altura inventiva y aplicación en la industria, contradiciendo la
teoría tradicional, de la protección de la propiedad intelectual del software, vía derechos de
autor. Esta teoría está contenida en acuerdos internacionales que, por un lado, consagran
una prohibición expresa de patentar el programa de ordenador y, por otro, tienen al software
como un bien objeto de derecho de autor, al considerarlo como una forma de expresión,
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