El deber de información en el seguro como instrumento de decisión racional en la contratación y de tutela a favor del asegurado - Núm. 39, Julio 2020 - Revista de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 851376648

El deber de información en el seguro como instrumento de decisión racional en la contratación y de tutela a favor del asegurado

AutorRoberto Ríos Ossa
CargoPontificia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile, Chile; profesor de derecho comercial. Doctor en Derecho Privado, Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile, Chile
Páginas203-231
El deber de información en
el seguro como instrumento
de decisión racional en la
contratación y de tutela
a favor del asegurado*
Revista de deRecho PRivado, issn: 0123-4366, e-issn: 2346-2442, n.º 39, 2020, 203-23 1
* Fecha de recepción: 27 de octubre de 2019. Fecha de aceptación: 27 de abril de 2020.
Para citar el artículo: ríos ossa, R., “El deber de información en el seguro como instrumento de
decisión racional en la contratación y de tutela a favor del asegurado”, Revista de Derecho Privado,
n.º 39, julio-diciembre 2020, 203-231, doi: https://doi.org/10.18601/01234366.n39.09.
Este trabajo se inscribe dentro del proyecto de investigación Fondecyt n.º 11180263, titulado “Las
fronteras de los deberes de conducta en el régimen legal de seguros en relación con los efectos de-
rivados de su incumplimiento: los efectos de la conservación y la rescisión del contrato de seguro
y la indemnización por daños y perjuicios, por el incumplimiento de los deberes de información y
asesoramiento del asegurador y los intermediarios”, en el que el autor de este trabajo es el investiga-
dor responsable.
** Ponticia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile, Chile; profesor de derecho comercial.
Doctor en Derecho Privado, Ponticia Universidad Católica de Chile, Santiago de Chile, Chile.
Contacto: rrioso@uc.cl. Orcid: 0000-0002-0624-9689.
RobeR to Ríos ossa
**
resumeN. Tanto la doctrina como los ordenamientos jurídicos se han ocupado de
la problemática de la información en los contratos y, bajo este estado de la cues-
tión, surge el deber de información como un instrumento que permitiría morigerar
el desequilibrio negocial. En el caso del seguro, especialmente en su modalidad de
contrato estandarizado y de adhesión, además de su contenido altamente técnico y
de difícil comprensión, el deber de información debe cumplir una función destinada
a la mejor comprensión posible del contenido contractual, muy especialmente, de la
forma como queda protegido el asegurado.
Palabras clave: información, asimetría, seguros.
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Rob e R t o Río s oss a
Revista de deRecho PRivado, issn: 0123-4366, e-issn: 2346-2442, n.º 39, 2020, 203-231
The Duty of Information in the Insurance,
as an Instrument of Rational Decision in the
Contracting and Protection in Favor of the Insured
abstract. Both doctrine and legal systems have dealt with the problem of informa-
tion in contracts and, under this situation, the duty to provide information arises as
an instrument that would allow the business imbalance to be reduced. In the case of
insurance, especially in its form of a state contract and of adhesion, in addition to its
highly technical content, which is difcult to understand, the duty of information must
fulll a function aimed at the best possible understanding of the contractual content,
especially as the insured is protected.
KeyWords: information, asymmetry, insurance.
sumario: Introducción. i. Una visión panorámica del deber de información en el
seguro. ii. El deber de información como instrumento de tutela a favor del asegurado
en su sentido omnicomprensivo. Conclusiones. Referencias.
Introducción
La problemática sobre la información y la decisión racional y libre de los individuos
tiene un nuevo punto de partida en el pensamiento de Simon, en concreto su análi-
sis sobre los modelos de decisión racional (Olympian model, behavioral model of
bounded racionalty, intuitive rationality)1, disquisición que derivará, entre otras po-
siciones y factores, en la idea de considerar como lo sustancial no la información en
una dimensión cuantitativa –cuánto informar– sino cualitativa –cómo informar– de
manera que su receptor pueda comprender la información transmitida y recibida y,
con base en ella, discernir racionalmente. Lo anterior quedaría plasmado en el caso
del seguro y, en concreto, en nuestra propuesta sobre la existencia de un deber de
información –de conducta– omnicomprensivo, pues, la entrega y posterior recepción
de información sobre el contenido del contrato es insuciente y debe ser comple-
mentada con la asesoría o ilustración sobre tal contenido, permitiendo, nalmente,
una adecuada comprensión sobre los términos del contrato2.
1 simoN H. a., Reason in Human Affair, California, Stanford University, 1983, 12 ss. En términos ge-
nerales, Simon plantea que en toda decisión racional o elección hubo un proceso, previo juicio o, a lo
menos, un juicio subyacente en la elección adoptada. simoN, Reason in…, cit., 37. Desde la perspec-
tiva de la teoría económica clásica, Sánchez Santos sostiene que “los individuos deciden teniendo en
cuenta la relación entre los beneficios esperados y los costes de las distintas pólizas. Actuando de este
modo, con sus elecciones los consumidores estarían maximizando su utilidad esperada (bienestar)”.
sáNcHez saNtos, J. M., “El mercado de la distribución de seguros en España: bases para al análisis
económico de su regulación”, en bataller, j. y quiNtáNs, M. R. (dirs.), Distribución de seguros
privados, Madrid, Marcial Pons, 2019, 21.

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