El deber de mitigar el daño a la integridad personal. Un análisis jurídico económico - Núm. 53, Enero 2020 - Revista Con-texto - Libros y Revistas - VLEX 861367986

El deber de mitigar el daño a la integridad personal. Un análisis jurídico económico

AutorJorge Enrique Cely León
CargoAbogado Externadista experto en asesoría y resolución de conflictos en temas de Responsabilidad Civil y del Estado, Regulación Económica y Análisis Económico del Derecho
Páginas19-56
con-text orevi sta de derech o y economí an.º 53 • enero-j unio 2020 • p p. 19-56
anál isis eco nómico
del der echo
El deber de mitigar
el daño a la integridad
personal. Un análisis
jurídico económico1
Jorge enrique Cely león2
RESUMEN
Este documento tiene el objetivo de realizar un análisis jurídico económico para el
problema que plantea el deber de mitigar el daño a la integridad personal. De este
modo, en un primer momento, este trabajo se ocupará de establece r la dogmática que
explica a la f‌igura de la mitigación del daño dentro del De recho de la Responsabilidad
Extracontract ual, haciendo un énfasis en la perspectiva del Derecho Constitucional
y del Derecho Civil. Luego, en un segundo punto, se aplicará el Análisis Económico
del Derecho con el objetivo de dirimir el debate teórico que, en términos jurídicos,
plantea la mitigación del daño a la integridad personal. Así las cosas, el presente es-
tudio permitirá analizar la tensión de derechos que genera la mitigación del daño y el
principio de la inviolabilidad del cuerpo humano.
Palabras clave: Responsabilidad extracontractua l; Mitigación; Daño a la integridad
personal; Inviolabilidad del cuerpo humano; Microeconomía.
ABSTRACT
This document aims to implement an economic-law analysis for the problem posed by
the duty to mitigate the damage to per sonal integrity. In this way, at f‌irst, this work will
be in charge of establishing the dogmatic that explains the f‌igure of the mitigation of
the damage within the Law of the Extracont ractual Responsibility, the previous thing
1 Fecha de recepc ión: 21 de abril de 2020. Fecha de ac eptación: 10 de mayo de 2020. Para c itar el
artículo: C ely León, J. (2020). “El debe r de mitigar el daño a la integ ridad personal. Un análisis
jurídico económico”, en Revista Con-texto, n.º 53, pp. 19-56. doi https://doi.org/10.18601/01236458.
n53.03
2 A bogado Exter nadista expert o en asesoría y resoluc ión de conf‌lictos en temas de R esponsabilidad Civil
y del Estado, Reg ulación Económica y Análisis Económic o del Derecho. Con estudios d e Maestría
en Derecho Econ ómico con énfasis en Reg ulación Económica y Análisis Económico d el Derecho
Universidad E xternado de Colombia (en curso 2 020/2021). Correo- e: jorge.celyleon@gmail.com
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Jorge enr ique Cely l n
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emphasizing the perspective of the Constitutional Law and the Civil Law. Then, in
a second point, the Economic Analysis of Law will be applied in order to settle the
theoretical debate that, in legal terms, poses the mitigation of personal integrity da-
mage. Thus, this study will analyze the tension of rights generated by the mitigation
of damage and the principle of inviolability of the human body.
Keywords: Liability; Mitigation; Damage to Personal Integrity; Inviolability of the
Human Body; Microeconomics.
INTRODUCCIÓN
En 1960, Ronald Coase publicó un artículo titu lado The Problem of So cial Cost, el cual es
ampliamente conocido por establecer un hito en el estudio del Derecho y la Economía.
Para dicho momento, el éxito de su trabajo no era previsible, pero hoy es necesario
resaltar que este aport e académico constituye la piedra angular del Análisis Económico
del Derecho (aed), un método de estudio que aplica los postulados de la microe conómia
al Derecho, con el objetivo de explicar y modif‌icar las estructuras que constituyen la
ciencia jurídica3.
Así las cosas, esta forma de ver el Derecho introdujo un modelo de pensamiento
analítico, el cual tiene el propósito de alcanzar ciertos objetivos por medio de las ins-
tituciones jurídicas, lo que, actu almente, se conoce como instrumentalismo. De este
modo, es importante citar a Jules Coleman, quien alguna vez af‌ir mó que el aed “e stá
menos interesado en el estado actual de la responsabilidad extracontract ual que en la
forma en que esta puede mejorarse4. Esto no quiere decir que el estudioso del tema
no se preocupe por conocer las fuentes del Derecho y su alcance, sino que este no
encuentra en ellas la justif‌icación misma de las funciones del Derecho.
En este orden de ideas, el presente documento pretend e adoptar dicho modelo de
pensamiento para dar solución al problema jurídico que propone el deber de mitigar
el daño a la integridad personal. Lo anter ior, toda vez que el Derecho en sí mismo
carece de las herramientas ade cuadas para comprender el efecto y alcance de cualquier
disposición de orden normativo, de ahí que se haga necesar io plantear una nueva for-
ma de ver la dicotomía que existe entre la mitigación del daño y la inviolabilidad del
cuerpo humano.
En resumen, el f‌in de este trabajo es analizar la tensión de derechos que surge
cuando se propone la mitigación del daño a la integridad pe rsonal dentro de un juicio
de responsabilidad extracontrac tual, ya que, si bien las víctimas pueden evitar su apli-
cación con fundamento en el principio de la inviolabilidad del cuerpo humano, ello
3 G. Calabresi, T he Future of Law and Econ omics: Essays in Reform and R ecollection, Yale University Pr ess,
2016.
4 J. Coleman, G . Mendlow, “Las teorías de la r esponsabilidad extrac ontractual”, La f‌il osofía de la respon-
sabilidad civil, Universidad E xternado de Colombia, 2013, pp. 188-189.
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del der echo
supondría condenar al agente generador sin que se pr uebe a plenitud uno de los tres
elementos del juicio de responsabilidad, en este caso, el nexo causal.
No obstante, sobre este punto existe un debate bastante amplio; es por esa razón
que vale la pena recurr ir a un elemento extralegal, como la economía, para vislumbrar
el alcance o los efectos de las soluciones ofrecidas por la dogmática. Lo anterior, para
determinar si se cumplen o no los f‌ines que el instr umentalismo propone para el De-
recho. En efecto, el objetivo es que la solución al problema jurídico planteado pueda
explicar funcionalmente la aplicación de la mitigación del daño y la inviolabilidad del
cuerpo humano.
En el transcurso de este trabajo será indispensable recur rir al Derecho de la Res-
ponsabilidad Civil, siempre que allí se encuentra la f‌igura de la mitigación del daño
y su desarrollo, como ya se dijo. De ello se puede inferir que en un primer momento
haremos referencia a la mitigación del daño y su desar rollo dentro de la dogmática del
Derecho civil. Luego, abordaremos el problema jur ídico central del trabajo explicando
en qué consiste y cuáles son sus posibles soluciones desde la per spectiva del Derecho
constitucional y del Derecho civil, lo que ofrecerá un panorama general y detallado
sobre el debate mencionado. Por último, el problema jurídico será estudiado por el
Análisis Económico del Derecho, con el f‌in de obtener una solución al debate propuesto
en la primera parte de este documento.
I. EL DEBER D E MITIGAR EL DAÑO
La mitigación del daño es una f‌igu ra jurídica que se ubica en el ámbito de la responsa-
bilidad, independientemente de su rama o disciplina dentro del Derecho, ya que esta
puede ser aplicada en ámbitos contractu ales o extracontractuales5. Así, esta inst itución
se entiende como el deber que tiene la víctima de mermar, disminuir o evitar la propaga-
ción de un daño y, en consecuencia, no resulta posible que el afectado reclame aquello
que razonadamente pudo evitar6. Sin embargo, la conceptualización ya mencionada
no es absoluta y, contrario a como en principio parece, no es de fácil comprensión en
virtud de los diferentes matice s que la componen y su disímil regulación en el Derecho
comparado. Con esta breve explicación se introduce el primer acápite de est e trabajo,
el cual tiene el propósito de explicar, de forma sucinta, el deber, carga u obligación7
de mitigar el daño por parte de la víctima.
A pesar de que la doctr ina ha llegado a considerar que el deber de mitigar el daño
proviene del Derecho romano, lo que surge con la interpretación de algunas fuentes
5 C. Piz arro Wilson, “Contra el fatalism o del perjudicado. A propósito d el deber de mitigar el daño”,
Revista de D erecho de la Pontif‌ic ia Universidad Cat ólica de Valparaíso, n.° 41, Valparaíso, 2013, p. 70.
6 A. K. E squivel, “Rule of avoidable conseq uences in antitrust ca ses: a law and economics approach”,
Hofstra Law Re view. Vol. 26 (1997-1998), p. 894.
7 L a mitigación del daño es una f‌i gura sobre la cua l la doctrina no ha identif‌i cado su naturaleza j urídica,
razón por la cual la d escribo como carga, deber u oblig ación, este punto será tratado de spués con
más profundid ad.

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