Decreto 0326 del 8 de marzo de 2023 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 926495671

Decreto 0326 del 8 de marzo de 2023 de Presidencia de la República

Número de Decreto0326
Fecha08 Marzo 2023
......
~~~HN1r81111-
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REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
Ubertad
V
Orden
MINISTRO
DE
COMERCIO,
INDUSTRIA
Y
TURISMO
032 6
DE
2023
8
~~AR
2023
"Por
el
cual
se
delegan unas
funcIOnes
en
e7
Superintendente
de
Sociedades"
EL
PRESIDENTE
DE
LA
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
En
ejercicio
de
las
facultades
que
le
confieren
el
numeral
26
del
artículo
189
y
el
artículo
211
de
la
y
los
artículos
9,
13
Y
66
de
la
1998,
Y
CONSIDERANDO
Que
el
artículo
209
de
la
dispone
que,
"La
función
administrativa está al servicio
de
los intereses generales y
se
desarrolla con
fundamento en los principios
de
igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante
la
descentralización, la delegación
y la desconcentración
de
funciones".
Que
el
artículo
211
de
la
establece
que,
"la ley señalará las
funciones que el presidente
de
la República podrá delegar en los ministros,
directores
de
departamentos administrativos, representantes legales
de
entidades
descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del
Estado que
la
misma ley determine".
Que
el
artículo
9
de
la
1998,
"Por
la
cual
se
dictan
normas
sobre
la
organización
y
funcionamiento
de
las
entidades
del
orden
nacional,
se
expiden
las
disposiciones,
principios
y
reglas
generales
para
el
ejercicio
de
las
atribuciones
previstas
en
los
numerales
15
y
16
del
artículo
189
de
la
y
se
dictan
otras
disposiciones."
prescribe
que
"(
...
) Las autoridades administrativas,
en virtud
de
lo
dispuesto
en
la
de
conformidad con la
presente
ley,
podrán mediante acto
de
delegación, transferir el ejercicio
de
funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o
complementarias. "
Que
el
artículo
13
de
la
misma
ley
dispone
que,
"(
...
) Sin perjuicio
de
lo
previsto
en
la
en
otras disposiciones especiales, el Presidente
de
la
República podrá delegar
en
los ministros, directores
de
departamento
administrativo, representantes legales
de
entidades descentralizadas,
superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado el ejercicio
de
las funciones a que
se
refieren el artículo 129 y los numerales
13,
18,
20,
21, 22,
23,24,26,
27 Y 28 del artículo 189
de
Que
a
su
vez,
el
artículo
66
de
la
señala
que
"(
...
) Las
superintendencias son organismos creados
por
la
ley,
con la autonomía
administrativa y financiera que aquella les señale, sin personería jurídica, que
cumplen funciones
de
inspección y vigilancia atribuidas'
por
la ley o mediante
delegación que haga el Presidente
de
la
República previa autorización legal."

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