Decreto 105 de 2004 - 30 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43210668

Decreto 105 de 2004

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín45595

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 50 y 58 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de diciembre 23 de 2002, y

CONSIDERANDO:

l. Que el señor José Diomedes Peña Barrera, identificado con la cédula de ciudadanía número 5426726 expedida en Convención, Norte de Santander, en su condición de desmovilizado, mediante comunicación radicada en el Ministerio de Justicia y del Derecho el 11 de febrero de 2004, solicitó al Gobierno Nacional la concesión del beneficio jurídico de indulto del delito de porte ilegal de armas en aplicación de lo dispuesto en los artículos 50 y 56 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002.

  1. El señor José Diomedes Peña Barrera, según consta en la Certificación número 2617-03 del 19 de diciembre de 2003, expedida por el Comité Operativo para la Dejación de las Armas, se entregó de manera voluntaria en su condición de ex integrante de una organización armada al margen de la ley, manifestando su voluntad de abandonarla.

  2. Que el artículo 50 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de diciembre 23 de 2002, faculta al Gobierno Nacional a conceder, en cada caso en particular, el beneficio de indulto a los nacionales que individualmente y por decisión voluntaria, abandonen sus actividades como miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley y así lo soliciten, y hayan demostrado su voluntad de reincorporarse a la vida civil, siempre y cuando las conductas realizadas no configuren actos atroces de ferocidad o barbarie, terrorismo, secuestro, genocidio u homicidio, cometido fuera de combate o colocando a la víctima en estado de indefensión.

  3. Que para el caso en concreto del señor José Diomedes Peña Barrera, se procederá a examinar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de diciembre 23 de 2002, así:

    Voluntad de reincorporación a la vida civil

    ...

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