Decreto 131 de 2001, por el cual se corrigen yerros de la Ley 640 de 2001, "por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones". - 24 de Enero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43147472

Decreto 131 de 2001, por el cual se corrigen yerros de la Ley 640 de 2001, "por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones".

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín44303

DIARIO OFICIAL 44.303 DECRETO 131 23/01/2001 por el cual se corrigen yerros de la Ley 640 de 2001, "por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones". El Ministro Delegatario de las Funciones Presidenciales, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el Decreto 73 del 17 de enero de 2001 y por el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, CONSIDERANDO: Que el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913, Código de Régimen Político y Municipal, prevé que "los yerros caligráficos o tipográficos en las citas o referencias de unas leyes a otras no perjudicarán, y deberán ser modificados por los respectivos funcionarios, cuando no quede duda en cuanto a la voluntad del legislador"; Que la Ley 446 de 1998 "por la cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del Decreto 2651 de 1991, se modifican algunas de la Ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia", en su artículo 148 estableció el procedimiento que utilizarían las Superintendencias para el trámite de las funciones jurisdiccionales asignadas a ellas; Que la Ley 510 de 1999 "por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades", mediante su artículo 52 modificó el artículo 148 de la Ley 446 de 1998, sobre el ejercicio de funciones jurisdiccionales por parte de las Superintendencias, incluyendo un parágrafo 3° que otorga la facultad para la Superintendencia de Industria y Comercio de liquidar los perjuicios respecto de las conductas constitutivas de competencia desleal; Que la Ley 640 de 2001 "por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones", en su artículo 47 modificó los parágrafos 1° y 3° del artículo 148 de la Ley 446 de 1998, con el propósito de otorgar la calidad de conciliador a los defensores del cliente para la solución de los conflictos que se generen en las relaciones bancarias y financieras de los clientes o usuarios y las entidades del sector financiero, atendiendo a las precisiones jurisprudenciales efectuadas por la Corte Constitucional mediante sentencia C-1641 del 29 de noviembre de 2000 al declarar inexequible el parágrafo 1° del artículo 148 de la Ley 446 de...

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