Decreto 1578 de 2001, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 805 de 2000 y se dictan otras disposiciones. - 30 de Julio de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353335414

Decreto 1578 de 2001, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 805 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44503

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 32 del Decreto-ley 254 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que en virtud del Decreto 805 de 2000 la Nación asumió las obligaciones pensionales a cargo de Alcalis de Colombia Ltda. en liquidación a partir del año 2000, respecto de las personas que figuraban en el cálculo actuarial aprobado por la Superintendencia de Sociedades correspondiente a la vigencia de 1998;

Que a 31 de diciembre de 1999 se incluyeron nuevas personas en el cálculo actuarial, el cual fue aprobado en diciembre de 2000 por la Superintendencia de Sociedades;

Que el valor correspondiente a las personas que fueron incluidas en el último cálculo actuarial aprobado asciende a la suma de $2.052.044.360.00;

Que Alcalis de Colombia Ltda. en liquidación carece de activos que le permitan atender en debida forma el pago de sus obligaciones pensionales;

Que así mismo para adelantar el proceso de liquidación es necesario lograr que se disponga de los recursos para pagar las prestaciones e indemnizaciones que correspondan por la terminación de los contratos de trabajo aún vigentes, para lo cual Alcalis de Colombia Ltda. en liquidación, tampoco cuenta con recursos disponibles;

Que en concordancia con lo establecido en el artículo 32 del Decreto-ley 254 de 2000, a juicio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Instituto de Fomento Industrial, IFI, como entidad descentralizada directa propietaria de más del 90% del capital social de Alcalis de Colombia Ltda. en liquidación, no se encuentra en capacidad financiera para asumir el pasivo de que tratan los considerandos anteriores,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o El artículo 1o del Decreto 805 de 2000 quedará así:

En virtud del presente decreto la Nación asume las obligaciones pensionales a cargo de Alcalis de Colombia Ltda. en liquidación a partir del año 2000 respecto de las personas que figuran en el cálculo actuarial aprobado por la Superintendencia de Sociedades...

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