Decreto número 1772 de 2007, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1397 de 1996 - 22 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50456342

Decreto número 1772 de 2007, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1397 de 1996

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46636

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el articulo 189 numeral 11 de la Constitucion Politica y en virtud de lo dispuesto por la Ley 21 de 1991, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 1° numerales 3 y 6 de la Ley 397 de 1997, establece que el Estado impulsara y estimulara los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nacion colombiana, y asi mismo, debe garantizar a los grupos etnicos y lingüisticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indigenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas segun sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educacion que asegure estos derechos;

Que el articulo 66 de la mencionada ley le atribuye al Ministerio de Cultura la labor de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la politica del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo, segun los principios de participacion contemplados en esta ley;

Que de igual manera, la cultura en sus diversas manifestaciones, es fundamento de la nacionalidad y actividad propia de la sociedad colombiana en su conjunto, como proceso generado individual y colectivamente por los colombianos. Dichas manifestaciones constituyen parte integral de la identidad y la cultura colombianas;

Que el Estado debe impulsar y estimular los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la de una sustancia Nacion colombiana;

Que mediante Decreto 1397 de 1996 se creo la "Mesa de Concertacion con los Pueblos y Organizaciones Indigenas", cuyo objeto consiste en concertar entre estos y el Estado todas las decisiones administrativas y legislativas susceptibles de afectarlos;

evaluar la ejecucion de la politica indigena del Estado y hacerle seguimiento a los acuerdos que alli se lleguen;

Que en este sentido se considera indispensable modificar dicho decreto con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR