Decreto número 4515 de 2007, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 617 de 2000. - 23 de Noviembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51634249

Decreto número 4515 de 2007, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 617 de 2000.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46821

las asambleas El Presidente de la Republica de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del articulo 189 de Constitucion Politica, DECRETA:

Articulo 1° Presentacion de informes sobre viabilidad financiera de municipios

Las de los limites durante oficinas de planeacion departamental o los organismos que hagan sus veces presentaran a los gobernadores y a las asambleas departamentales respectivas un informe donde expongan la situacion financiera de los municipios, el cual debera relacionar aquellas entidades que hayan incumplido los limites de gasto dispuestos por los articulos y 10 de la Ley 617 de 2000. Tal informe debera presentarse el primer dia de sesiones ordinarias correspondiente al segundo periodo de cada año.

Articulo 2° Verificacion del cumplimiento de los limites al gasto

Para la elaboracion del informe de que trata el articulo anterior, las Oficinas de Planeacion Departamental o los organismos que hagan sus veces tendran en cuenta las certificaciones de cumplimiento que expidan los alcaldes municipales respecto a la vigencia inmediatamente anterior a la fecha de presentacion de las mismas, las cuales deberan ser comparadas con la informacion proveniente de la Contaduria General de la Nacion. Para tal efecto los alcaldes expediran la certificacion dentro de la semana siguiente al cierre presupuestal.

Los alcaldes acompañaran las certificaciones con informacion suficiente y necesaria para determinar el cumplimiento de los limites dispuestos por los articulos y 10 de la Ley 617 de 2000.

Articulo 3° Procedimientos establecidos por el articulo 19 de la Ley 617 de 2000

Para la verificacion de la viabilidad financiera de los municipios se agotaran dos procedimientos sucesivos: En primer lugar, y de...

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