Decreto 202 de 2003, por el cual se suprimen los empleos de las plantas de personal de los Ministerios del Interior y de Justicia y del Derecho y se establece la planta de personal del Ministerio de Interior y de Justicia. - 3 de Febrero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43188922

Decreto 202 de 2003, por el cual se suprimen los empleos de las plantas de personal de los Ministerios del Interior y de Justicia y del Derecho y se establece la planta de personal del Ministerio de Interior y de Justicia.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín45086

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorgan el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 3 de la Ley 790 de 2002, se fusionaron los ministerios del Interior y de Justicia y del Derecho, conformándose el Ministerio del Interior y de Justicia.

Que en uso de facultades extraordinarias el Presidente de la República, le estableció la estructura orgánica al Ministerio del Interior y de Justicia, ordenando la adopción de la planta de personal para su funcionamiento.

Que los Ministerios fusionados presentaron al Departamento Administrativo de la Función Pública los estudios técnicos de que trata el artículo 41 de la Ley 443 de 1998, y los artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de establecer la planta de personal del Ministerio del Interior y de Justicia, encontrándolos ajustados técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el Certificado de Viabilidad Presupuestal.

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los empleos de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho así:

No. de Cargos Denominación del Empleo Código Grado

Despacho del Ministro

1 (uno) Ministro 0005 ¿

3 (tres) Asesor 1020 17

4 (cuatro) Asesor 1020 16

2 (dos) Asesor 1020 15

1 (uno) Asesor 1020 14

1 (uno) Asesor 1020 12

1 (uno) Asesor 1020 11

1 (uno) Asistente Administrativo 4140 17

1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 18

7 (siete) Conductor Mecánico 5310 17

1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15

4 (cuatro) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 26

1 (uno) Técnico Administrativo 4065 18

1 (uno) Técnico Administrativo 4065 15

Despacho del Viceministro

1 (uno) Viceministro 0020 ¿

2 (dos) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 25

1 (uno) Conductor Mecánico 5310 17

1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15

Planta Global

1 (uno) Secretario General de Ministerio 0035 22

4 (cuatro) Director Técnico 0100 22

2 (dos) Jefe de Oficina 0137 20

1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 14

1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 14

3 (tres) Asesor 1020 14

17 (diecisiete) Profesional Especializado 3010 25

20 (veinte) Profesional Especializado 3010 24

8 (ocho) Profesional Especializado 3010 23

7 (siete) Profesional Especializado 3010 22

5 (cinco) Profesional Especializado 3010 20

2 (dos) Profesional Especializado 3010 18

3 (tres) Profesional Especializado 3010 16

12 (doce) Profesional Universitario 3020 14

2 (dos) Profesional Universitario 3020 13

4 (cuatro) Profesional Universitario 3020 8

10 (diez) Profesional Universitario 3020 4

10 (diez) Técnico Administrativo 4065 18

2 (dos) Técnico Operativo 4080 18

6 (seis) Técnico Administrativo 4065 17

1 (uno) Técnico Administrativo 4065 12

9 (nueve) Secretario Ejecutivo 5040 24

1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 20

6 (seis) Auxiliar Administrativo 5120 16

2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 15

1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 14

3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 13

2 (dos) Operario Calificado 5300...

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