Decreto 2294 del 23 de noviembre de 2022 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 915487514

Decreto 2294 del 23 de noviembre de 2022 de Presidencia de la República

Número de Decreto2294
Año2022
Fecha23 Noviembre 2022
Libertad
y
Orden
Aprobó
___
--..----11--
MINISTERIO
DE
AGRICULTURA Y DESARROLLO
l:lAA'I:---.--
---
·
2294
DECRETO NÚMERIJ '
11
j .
\I
,,p.\~22
Por
el
cual
se
acept~in~'lov
Ye
Ma,go
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por
el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 2.2. 5.1.
1.,
2.2.11.1.3 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que la doctora CATALINA DE SAN MARTfN BALCAZAR SALAMANCA, mediante
comunicación escrita del 15 de noviembre de 2022, presentó su renuncia al empleo de
secretario general Código 0035 Grado 23 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
DECRETA:
Artículo 1. Aceptación de renuncia. Aceptar, a partir
de
la fecha, la renuncia presentada
por la doctora CATALINA DE SAN MARTfN BALCAZAR SALAMANCA, identificada con
cédula de ciudadanía número 51.891.857
de
Bogotá, al empleo
de
secretario general
Código 0035 Grado 23 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Artículo 2. Encargo. Encargar, a partir
de
la fecha, del empleo de secretario general
Código 0035 Grado 23 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, al doctor NÉSTOR
EDUARDO VELASQUEZ GONZÁLEZ, identificado con la cédula
de
ciudadanía No.
17 .337 .975, quien desempeña el empleo de PROFESIONAL ESPECIALIZADO 2028
. GRADO
21,
-encargado
de
las funciones del empleo del Director de Financiamiento y
Riesgos Agropecuarios del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, sin perjuicio del
ejercicio
de
las funciones que tiene asignadas en su empleo actual.
Artículo 3. Comunicación. El presente decreto deberá ser comunicado por
la
Coordinadora del Grupo de Talento Humano del Ministerio
<:Je
Agr¡cultura y Desarrollo
Rural, a los doctores CATALINA DE SAN MARTfN BALCAZAR SALAMANCA y NÉSTOR
EDUARDO VELASQUEZ GONZÁLEZ.
Artículo 4. Vigencia. El presente decreto rige a partir
de
la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
DadoenBogotá~23
NOV
202
LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL,
~z~?!

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