Decreto 2738 de 2005, por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", y se deroga el Decreto 2807 de 2000. - 11 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43225762

Decreto 2738 de 2005, por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", y se deroga el Decreto 2807 de 2000.

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín45997

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y por el artículo 4° de la Ley 115 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1°

La "Distinción Andrés Bello" se otorgará una vez al año por parte del Ministerio de Educación Nacional, a los estudiantes de grado undécimo (11) de educación media en dos (2) categorías, nacional y por entidad territorial certificada, a partir de los resultados del examen de Estado para ingreso a la educación superior, realizado por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES.

Artículo 2° La "Distinción Andrés Bello" en la categoría nacional se otorgará a los estudiantes de grado undécimo (11), que en el nivel nacional obtengan las más altas puntuaciones en cada una de las pruebas del núcleo común del examen de Estado para ingreso a la educación superior.

La selección de...

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