DECRETO 323 RD 5884 - 2 de Agosto de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690914217

DECRETO 323 RD 5884

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5884 2 AGOSTO 2016
EmisorAlcaldia Mayor
9
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5884 • pP. 1-9 • 2016 • AGOSTO 2
Decreto Número 323
(Agosto 2 de 2016)
“Por medio del cual se establece la estructura
organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital,
y se dictan otras disposiciones.”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por los artículos 38, numerales 6 y 9;
55 del Decreto Ley 1421 de 1993 y 7 del Acuerdo
Distrital 638 de 2016, y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 638 de 2016 del 31 de marzo
de 2016, modicó parcialmente el Acuerdo Distrital
257 de 2006, creó el Sector Administrativo de Gestión
Jurídica, la Secretaría Jurídica Distrital y modicó las
funciones de la Secretaría General.
Que el citado Acuerdo denió la Misión del Sector Ad-
ministrativo de Gestión Jurídica, así como la naturale-
za, objeto y funciones de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que el artículo 7 del Acuerdo Distrital 638 de 2016,
señala un período de transición de seis (6) meses para
que las decisiones adoptadas en el Cabildo Distrital
se hagan efectivas, determinando que los negocios,
funciones y asuntos que venía desempeñando la Di-
rección Jurídica Distrital de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor, sean asumidas por la entidad creada.
Que el Departamento Administrativo del Servicio
Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable No.
2016EE1568 del 29 de julio de 2016, para la creación
de la estructura organizacional de la Secretaría Jurí-
dica Distrital.
Que teniendo en cuenta lo anterior y conforme a lo
establecido en el numeral del artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993 - Estatuto Orgánico de Bogotá -, se
hace necesario establecer la estructura organizacional
de la Secretaría Jurídica Distrital, con la cual cumplirá
las funciones previstas en el Acuerdo Distrital 638 de
2016.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
CAPÍTULO I
DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES
GENERALES
ARTÍCULO 1º.- Naturaleza. La Secretaría Jurídica
Distrital es un organismo del Sector Central con auto-
nomía Administrativa y Financiera.
ARTÍCULO 2º.- Objeto de la Secretaría Jurídica
Distrital. La Secretaría Jurídica Distrital se constituye
como el ente rector en todos los asuntos jurídicos del
Distrito y tiene por objeto formular, orientar y coordinar
la gerencia jurídica del Distrito Capital; la denición,
adopción, coordinación y ejecución de políticas en
materia de contratación estatal, gestión judicial, repre-
sentación judicial y extrajudicial, gestión disciplinaria
Distrital, prevención del daño antijurídico, gestión de
la información jurídica e inspección, vigilancia y control
de las entidades sin ánimo de lucro.
ARTÍCULO 3º.- Funciones de la Secretaría Jurídica
Distrital. Para el cumplimiento del objeto general la
Secretaría Jurídica Distrital tendrá las siguientes fun-
ciones básicas, conforme a lo dispuesto en el artículo
5 del Acuerdo Distrital 638 de 2016:
1. Asistir, asesorar y apoyar jurídicamente al/a Al-
calde/sa Mayor de Bogotá, D.C.
2. Formular, adoptar, orientar y coordinar la gerencia
jurídica del Distrito Capital y la denición, adopción
y ejecución de las políticas en materia de gestión
judicial y de prevención del daño antijurídico del
Distrito Capital, conforme a las normas vigentes
en la materia.
3. Asesorar, revisar y evaluar la legalidad, pertinen-
cia, coherencia y conveniencia de los proyectos de
decreto del Gobierno Distrital y de los proyectos
de actos administrativos del/la Alcalde/sa o los
que deba sancionar o suscribir.
4. Impartir los lineamientos y política jurídica de las
secretarías, subsecretarías, direcciones, ocinas
asesoras jurídicas de las entidades y organismos
distritales, o de las dependencias que hagan sus
veces, con el n de realizar el seguimiento necesa-
rio para mantener la unidad de criterio jurídico, en
aras de prevenir el daño antijurídico; y ejercer poder
preferente a nivel central, descentralizado y local
en los casos que la Administración lo determine.
5. Unicar, con carácter prevalente, la doctrina jurí-
dica distrital cuando exista disparidad de criterios
jurídicos entre sectores administrativos o al interior
de un mismo sector administrativo.
6. Orientar la gerencia del desarrollo, proyección y
fortalecimiento de las competencias jurídicas del
Cuerpo de Abogados del Distrito Capital.
7. Realizar estudios, investigaciones y análisis
jurisprudenciales y doctrinales que benecien y
soporten la gestión desarrollada por las ocinas
jurídicas de las entidades y organismos del Dis-
trito.

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