Decreto 551 de 2007, por el cual se determina nuevo término para que la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación fije los criterios de Reparación a las Víctimas. - 28 de Febrero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352546102

Decreto 551 de 2007, por el cual se determina nuevo término para que la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación fije los criterios de Reparación a las Víctimas.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46556

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Carta Política y por la Ley 975 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 975 de 2005 ``por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios'', publicada en el Diario Oficial 45.980 del 25 de julio de 2005;

Que la Ley 975 de 2005 tiene por objeto facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, justicia y reparación;

Que mediante el Decreto 4760 de 2005, publicado en el Diario Oficial 46.137 del 30 de diciembre de 2005, se reglamentó parcialmente la Ley 975 de 2005;

Que el Consejo Directivo de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social, adoptó el 8 de mayo de 2006 el Acuerdo 018 ``por el cual se adopta el reglamento Interno del Fondo para la Reparación de las Víctimas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Decreto 4760 de 2005'';

Que la Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-370 de 2006 se pronunció sobre la constitucionalidad de la Ley 975 de 2005, anunciando su decisión los días 18 y 19 de mayo de 2006 y dando a conocer el texto del fallo el 13 de julio del mismo año;

Que mediante Decreto 3391 de fecha 29 de septiembre de 2006 se reglamenta parcialmente la Ley 975 de 2005;

Que el artículo 16 del Decreto 3391 de 2006 fijó un plazo de cuatro (4) meses a partir de su vigencia para que la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación formule los criterios de Reparación a las Víctimas sin que esa decisión haya sido tomada por...

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