Decreto 1519 de 2004, por el cual se autoriza un diferimiento arancelario por insuficiencia de oferta. - 28 de Mayo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352555546

Decreto 1519 de 2004, por el cual se autoriza un diferimiento arancelario por insuficiencia de oferta.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín45562

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y de 1991 y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, y

CONSIDERAN DO:

Que el artículo 4o de la Decisión 370 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena autoriza a los Países Miembros a diferir el Arancel Externo Común a 0%, cuando se trate de materias primas y bienes de capital, para atender insuficiencias transitorias de oferta que afecten a cualquier País Miembro en la Comunidad Andina de Naciones;

Que en la Sesión 114 del 28 de enero de 2004, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior recomendó aprobar el diferimiento arancelario a cero (0%) para la importación de O-xileno clasificado por la subpartida arancelaria 29.02.41.00.00, para un cupo de 4.170 toneladas por un término no mayor a seis (6) meses, con el fin de atender la insuficiencia de oferta en los países de la CAN;

Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 20 de febrero de 2004, aprobó dicho diferimiento arancelario, por problemas de abastecimiento en Venezuela;

Que mediante Resolución 811 del 30 de marzo de 2004, publicada en la Gaceta Oficial 1048 del 1° de abril del presente año, la Secretaría General de la Comunidad Andina autorizó al Gobierno de Colombia a diferir hasta el nivel de cero (0%) la aplicación del Arancel Externo Común para el O-xileno clasificado en la subpartida Nandina 29.02.41.00 para un cupo de 4.170 toneladas métricas, por seis (6) meses a partir del 1° de abril de 2004;

Que una vez agotado el contingente de...

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