Decreto 1336 de 2002, por el cual se modifica el Decreto Reglamentario 505 del 28 de febrero de 1997. - 29 de Junio de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352569662

Decreto 1336 de 2002, por el cual se modifica el Decreto Reglamentario 505 del 28 de febrero de 1997.

Número de Boletín44850

Decreto derogado por el artículo 20 de la ley 1101 de 2006. publicada en el diario oficial no. 46.461.

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 40 de la Ley 300 de 1996, creó una contribución parafiscal con destino a la promoción del turismo a cargo de los establecimientos hoteleros y de hospedaje, las agencias de viajes y los restaurantes turísticos, la cual, en ningún caso, será trasladada a los usuarios del sector y se liquidará anualmente por un valor correspondiente al 2.5 por mil de las ventas netas de los referidos prestadores de servicios turísticos;

Que el artículo 42 de la misma ley, creó el Fondo de Promoción Turística, como una cuenta especial para el recaudo y manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal de que trata el artículo 40, el cual deberá ceñirse a los lineamientos de la política turística definida por el Ministerio de Desarrollo Económico;

Que de conformidad con el artículo 43 de la Ley 300 de 1996, los recursos del Fondo de Promoción Turística, se destinarán a la ejecución de los planes de promoción y mercadeo turístico y a fortalecer y mejorar la competitividad del sector turístico nacional, con el fin de incrementar el turismo receptivo y el turismo doméstico;

Que la administración y el recaudo de la contribución parafiscal del Fondo de Promoción Turística, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley 300 de 1996, corresponden a la entidad administradora perteneciente al sector privado del turismo, entidad que será seleccionada por el Gobierno Naciona l, por intermedio del Ministerio de Desarrollo Económico, a través del procedimiento de licitación pública establecida en la Ley 80 de 1993;

Que adicionalmente la Ley 300 de 1996, en su artículo 44, al referirse a los otros recursos para la promoción turística, estableció que el Gobierno Nacional destinará anualmente una partida presupuestal, equivalente por...

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