Decreto 2652 de 2002, por el cual se modifica el Decreto 1939 de 2001 y se dictan otras disposiciones. - 19 de Noviembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352570066

Decreto 2652 de 2002, por el cual se modifica el Decreto 1939 de 2001 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45003

El Presidente de la Rep¨²blica de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el art¨ªculo 189 numerales 11 y 20 de la Constituci¨®n Pol¨ªtica y la Ley 633 de 2000,

DECRETA:

ART¨ªCULO 1o. La Empresa Colombiana de Petr¨®leos, Ecopetrol se?alar¨¢ el monto de los recursos del Fondo de Ahorro y Estabilizaci¨®n Petrolera, Faep, que de acuerdo con la liquidaci¨®n de que trata el art¨ªculo 2o. del Decreto 1939 de 2001 le corresponden a los departamentos y municipios productores de hidrocarburos, que no le hayan sido trasladados por el Banco de la Rep¨²blica y proceder¨¢ a solicitar el traslado de los mismos, dentro de los tres (3) d¨ªas h¨¢biles siguientes a la fecha de vigencia del presente decreto. El Banco de la Rep¨²blica dentro de los cinco (5) d¨ªas h¨¢biles siguientes al recibo de la solicitud por parte de Ecopetrol, efectuar¨¢ el traslado de dichos recursos.

ART¨ªCULO 2o. La Empresa Colombiana de Petr¨®leos, Ecopetrol podr¨¢ optar por mantener los recursos que le hayan sido trasladados por el Banco de la Rep¨²blica con destino a los departamentos y municipios no productores de hidrocarburos, y los que en el futuro le sean trasladados en desarrollo de las disposiciones del art¨ªculo 1o. del presente decreto, en el exterior, en subcuentas de car¨¢cter temporal, o invertirlos en T¨ªtulos de Deuda P¨²blica Interna de la Naci¨®n del mercado primario denominados en d¨®lares americanos, mientras se cumplen los requisitos para su utilizaci¨®n.

Una vez cumplida la finalidad prevista en las normas vigentes para la utilizaci¨®n de los recursos de que trata el presente art¨ªculo, el remanente y los rendimientos de los mismos, si hubiere lugar a ellos, ser¨¢n trasladados por Ecopetrol al Banco de la Rep¨²blica con el fin de que ingresen a las subcuentas originales en el FAEP.

ART¨ªCULO 3o. Modif¨ªcase el numeral 4 del art¨ªculo 7o. del Decreto 1939 de 2001, el cual quedar¨¢ as¨ª:

4...

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