Decreto 2524 de 2000, por el cual se reglamenta la entrega de información para las solicitudes de devolución y/o compensación. - 6 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353336818

Decreto 2524 de 2000, por el cual se reglamenta la entrega de información para las solicitudes de devolución y/o compensación.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44250

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con el artículo 851 del Estatuto Tributario,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Requisitos especiales para la devolución y/o compensación de saldos a favor originados en el Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre las Ventas

Los contribuyentes que efectúen solicitudes de devolución o compensación de saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta o sobre las ventas, podrán presentar en medios magnéticos la relación de las retenciones en la fuente, de los impuestos descontables o del IVA retenido que originaron dichos saldos. El contenido y características técnicas de esta información será definida por Resolución de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Con la información magnética que se entregue al momento de radicación de la respectiva solicitud de devolución y/o compensación del saldo a favor, se entenderán cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 5o. y en los literales b), c), d) y e) del artículo 6o. del Decreto 1000 de abril 8 de 1997.

ARTÍCULO 2o Requisitos para otras solicitudes de devolución y/o compensación

Tratándose de las solicitudes de devolución y/o compensación a que tienen derecho las Instituciones Estatales u Oficiales de Educación Superior; las Entidades que hubieren pagado impuesto sobre las ventas en la adquisición de materiales de construcción para vivienda de interés social; las de impuesto sobre las ventas pagado por Diplomáticos, Organismos Internacionales, Misiones Diplomáticas y Consulares o de Cooperación y Asistencia Técnica; las de quienes hayan adquirido bienes de capital consistentes en maquinaria y equipo para ser instalados en la zona del Eje Cafetero y las de aquellos que hayan adquirido o importado materias primas para la producción de bienes...

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