Decreto 1926 de 1999, por el cual se modifica el plazo previsto en el artículo 2° del Decreto 2659 - 30 de Septiembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353338218

Decreto 1926 de 1999, por el cual se modifica el plazo previsto en el artículo 2° del Decreto 2659

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín43725

del 29 de diciembre de 1998.

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 105 de 1993 y el artículo 59 de la Ley 336 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2659 del 29 de diciembre de 1998, se reglamentó la reposición de los vehículos de servicio público de transporte colectivo de pasajeros y/o mixto de radio de acción metropolitano, distrital y/o municipal;

Que el artículo 2° del citado decreto previó que los propietarios de los vehículos de transporte público colectivo con radio de acción metropolitano, distrital y/o municipal, que por mandato de la ley hubiesen cumplido su ciclo útil, debían ser retirados del servicio público y podían reponerlos por uno nuevo dentro de los nueve (9) meses siguientes al 1° de enero de 1999, accediendo a la línea de crédito especial;

Que debido a la dificultad en la obtención del crédito para reposición de los vehículos, se hace necesario ampliar el término previsto de nueve meses para poder acceder a la línea de crédito especial de que trata el Decreto 2659 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1° Modificar parcialmente el artículo 2° del Decreto 2659 del 29 de diciembre de 1998, en el sentido de ampliar el término allí previsto, para que los propietarios de los vehículos, que por mandato de la ley hayan cumplido su ciclo de vida útil y deban ser retirados del servicio público,...

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