Decreto 476 de 1998, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2437 del 30 de agosto de 1983, y se dictan otras disposiciones. - 16 de Marzo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353478466

Decreto 476 de 1998, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2437 del 30 de agosto de 1983, y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Salud Publica
Número de Boletín43259

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales,

en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189

de la Constitución Política y la Ley 09 de 1979,

DECRETA:

ARTICULO 1o Modifícase los literales f) y g) del artículo 2o. del Decreto 2437 de 1983, los cuales quedarán así:
  1. Leche ultrapasteurizada (UHT) envasada asépticamente: Es el producto obtenido mediante proceso térmico en flujo continuo, aplicado a la leche, a una temperatura no inferior a 132o.C durante un tiempo de 2 a 4 segundos, seguido inmediatamente de envasado aséptico en recipientes estériles a prueba de luz, impermeables y cerrados herméticamente, de tal manera que aseguran la ausencia de todas las formas de microorganismos vegetativos y esporulados, sin alterar de manera esencial ni su valor nutritivo, ni sus características físico-químicas u organolépticas.

    Leche ultrapasteurizada (UTH) envasada en alta higiene: Es el producto obtenido mediante proceso térmico en flujo continuo aplicado a la leche a una temperatura no inferior a 132o.C durante un tiempo de 2 a 4 segundos, para destruir su flora patógena y la casi totalidad de su flora banal sin alterar de manera esencial su valor nutritivo ni sus características físico-químicas u organolépticas, seguido inmediatamente de un enfriamiento rápido y envasado en condiciones de alta higiene en recipientes previamente higienizados, herméticamente cerrados que aseguren la calidad del producto en refrigeración durante su vida útil;

  2. Leche esterilizada: Es el producto obtenido al someter la leche envasada herméticamente, a una temperatura no inferior a 115o.C, la cual debe mantenerse durante por lo menos quince (15) minutos, para lograr la destrucción de todas las formas de microorganismos...

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