Decreto 2964 de 1997, por el cual se adiciona el artículo 4º del Decreto 855 de 1994. - 26 de Diciembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353482678

Decreto 2964 de 1997, por el cual se adiciona el artículo 4º del Decreto 855 de 1994.

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín43201

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la

que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que el Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público, fue creado por el Decreto Legislativo número 1855 de 1989, adoptado como legislación permanente mediante Decreto 2273 de 1991 y estructurado como Establecimiento Público del Orden Nacional, adscrito al Ministerio de Justicia y del Derecho, mediante el Decreto 786 de 1993;

Que el artículo 2º del Decreto 2161 de 1992, dispone que el Fondo tendrá por objeto contribuir a atender los requerimientos que en materia de seguridad existan en la Rama Judicial y el Ministerio Público y todas sus funciones apuntan a esa finalidad;

Que el Fondo de Seguridad de la Rama Judicial cumple en materia de seguridad una función complementaria de la asignada a las autoridades a las cuales la Constitución y la ley les asigna de manera primordial la función de garantizar la seguridad y defensa nacional;

Que en cumplimiento de su objeto y funciones debe contribuir a atender los requerimientos en materia de seguridad tanto de las instalaciones como de la integridad de los servidores y ex servidores de la Rama Judicial y del Ministerio Público y, excepcionalmente del Ministerio de Justicia y del Derecho;

Que dentro de la expresión de bienes y servicios que se requieran para la defensa y seguridad nacional consagrado en el literal y) del numeral 1º del artículo 24 de la Ley 80 de 1993, se encuentran los bienes y servicios qu requiere contratar el Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público para el desarrollo y cumplimiento de sus funciones legales;

Que el artículo 4º del Decreto 855 de 1994, reglamentó la Ley 80 de 1993, en materia de contratación directa y contempló los bienes y servicios que se requieren para la defensa y seguridad nacional,

DECRETA:

ARTICULO 1o Adiciónase el artículo 4º del Decreto 855 de 1994, con los siguientes numerales:
  1. Adquisición, adecuación de las instalaciones de la Rama Judicial del Ministerio Público y, excepcionalmente del Ministerio de Justicia y del Derecho, que se requieran por motivos de seguridad, en razón de riesgos previamente calificados por el Departamento...

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