Decreto 2131 de 1997, por el cual se dictan disposiciones sobre productos cárnicos procesados. - 3 de Septiembre de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353484982

Decreto 2131 de 1997, por el cual se dictan disposiciones sobre productos cárnicos procesados.

EmisorMinisterio de Salud Publica
Número de Boletín43120

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 09 de 1979,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o La fecha límite de utilización, fecha de vencimiento o fecha límite de consumo recomendado para los productos cárnicos procesados será fijada por el fabricante, con base en la Norma Técnica Colombiana, NTC 512-1 (cuarta actualización) "Industrias Alimentarias, Rotulado Parte 1: Norma general oficializada por el Consejo Nacional de Normas y Calidades.
ARTÍCULO 2o VIGILANCIA Y CONTROL

Corresponde al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, y a las Direcciones Territoriales de Salud ejercer las actividades de vigilancia y control, la aplicación de las respectivas medidas preventivas o de seguridad e imponer las sanciones que se deriven del incumplimiento de este decreto. Para estos efectos, los productores e importadores mantendrán a...

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