Decreto 246 de 1997, por el cual se crea una Prima de Nivelación para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar. - 7 de Febrero de 1997 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353492014

Decreto 246 de 1997, por el cual se crea una Prima de Nivelación para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín42976

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o

Créase la Prima de Nivelación con carácter permanente, la cual constituirá factor salarial para efectos de determinar las primas de navidad, vacaciones, servicios, auxilio de cesantías, pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes, para los funcionarios y empleados de la Rama Judicial (Tribunales, Juzgados, Fiscalía General de la Nación, Direcciones Ejecutivas de la Administración Judicial, Consejos Seccionales de la Judicatura y empleados de las altas Corporaciones) y la Justicia Penal Militar.

Esta prima no constituye base para liquidar las contribuciones parafiscales ni las cotizaciones de seguridad social, excepto para pensiones de vejez, invalidez y sobrevivientes.

ARTÍCULO 2o

El reconocimiento y pago de la Prima de Nivelación de que trata el presente Decreto se hará mensualmente, salvo el primer pago, el cual se efectuará el 1o de junio cuando se disponga de los recursos, una vez se haya efectuado la adición o traslado presupuestal aprobado por el Congreso de la República requerida para su financiamiento y para 1997 tendrá efectos fiscales a partir del 1o de enero.

ARTÍCULO 3o La Prima de Nivelación en 1997...

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