Decreto 4184 de 2011, por el cual se crea la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano –Virgilio Barco Vargas–.
Emisor | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio |
Número de Boletín | 48242 |
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 18 literales e), f), h) e i) de la Ley 1444 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES, en los Documentos 3615 de 2009 y 3694 de 2011, consideró necesario que la Nación acordara con el Distrito Capital de Bogotá un plan de acción, con una visión urbanística integral y sostenible, para mantener y modernizar los amplios espacios públicos de que disponen la Nación y algunas entidades descentralizadas nacionales en el Centro Administrativo Nacional; y para facilitar a la Nación y a esas entidades edificios seguros y funcionales para cumplir las misiones que les encomiendan las leyes;
Que, al iniciar las actividades de planeación para el proyecto descrito atrás, se ha encontrado que la Gobernación de Cundinamarca y la Beneficencia de Cundinamarca han estado estudiando, entre otros, un proyecto de desarrollo cultural y urbanístico, en lotes de aproximadamente 26 hectáreas, contiguos a los terrenos del CAN;
Que la posibilidad de integrar al plan de acción aludido arriba en el espacio del que dispone la Beneficencia, crea la posibilidad de un desarrollo urbanístico, administrativo y cultural de características únicas, con proyecciones superiores a las que la Nación, la Gobernación y la Beneficencia habían contemplado;
Que para desarrollar las acciones de coordinación entre Gobierno Nacional y el Distrito Capital para mejorar la infraestructura y la prestación adecuada de los servicios institucionales del CAN, en los términos recomendados por el Consejo Nacional de Política Económica y Social, es necesario crear una entidad que se dedique especialmente a formular y ejecutar el proyecto de desarrollo y renovación urbana aludido;
Que la creación de esta entidad desarrolla el propósito al que alude el parágrafo 1° del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 de garantizar la eficiencia en la prestación del servicio público y hacer coherente la organización y funcionamiento de la Administración Pública, con el objeto de lograr la mayor rentabilidad social en el uso de los recursos públicos;
Que de acuerdo con las acciones estratégicas de sostenibilidad ambiental y urbana previstas en el Plan Nacional de Desarrollo, la formulación de programas de renovación urbana en todo el país requiere de una efectiva articulación de la Nación y las entidades territoriales para fortalecer su capacidad de estructuración financiera y gerencial, priorizar la generación de suelo e infraestructura pública e incentivar la participación privada en la implementación de los proyectos; dentro del respeto a las competencias de la Nación y de cada nivel territorial.
DECRETA:
Créase la Empresa Nacional de Renovación y Desarrollo Urbano, Virgilio Barco Vargas –SAS–, como una sociedad pública por acciones simplificada del orden...
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