Decreto 2980 de 2011, por el cual se modifica el tope de espectro máximo por proveedor de redes y servicios móviles terrestres. - 19 de Agosto de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353569326

Decreto 2980 de 2011, por el cual se modifica el tope de espectro máximo por proveedor de redes y servicios móviles terrestres.

Número de Boletín48166

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legajes y en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 1341 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Constitución Política de Colombia establece que el espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado.

Que el espectro radioeléctrico, según definición de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), es "el conjunto de ondas electromagnéticas, cuya frecuencia se fija convencionalmente por debajo de 3000 GHz, que se propagan por el espacio sin guía artificial".

Que el espectro radioeléctrico es el elemento esencial de las telecomunicaciones y su organización se encuentra plasmada en el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias, CNABF, de acuerdo con las normas y prácticas nacionales e internacionales, así como con los desarrollos tecnológicos.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo de la Ley 1341 de 2009, uno de los fines de la intervención en el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es garantizar el uso adecuado del espectro radioeléctrico, así como la reorganización del mismo, respetando el principio de protección a la inversión, asociada al uso del espectro.

Que el artículo 17 de la Ley 1341 de 2009 establece como objetivos del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otros, definir la política y ejercer la gestión, planeación y administración del espectro radioeléctrico.

Que el numeral sexto del artículo 18 de la Ley 1341 de 2009 dispone que es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones planear, asignar, gestionar y controlar el espectro radioeléctrico con excepción de la intervención en el servicio de que trata el artículo 76 de la Constitución Política, con el fin de fomentar la competencia, el pluralismo informativo, el acceso no discriminatorio y evitar prácticas monopolísticas.

Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones lanzó el Plan VIVE DIGITAL y para lograr el cumplimiento de su objetivo principal, cual es "Impulsar la masificación del uso de Internet, para dar un salto hacia la Prosperidad democrática" fijó como metas...

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