Decreto 4807 de 2010, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1206 de 2001.  - 29 de Diciembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353758466

Decreto 4807 de 2010, por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1206 de 2001. 

Número de Boletín43883

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 6ª de 1971, la Ley 7ª de 1991 y oído el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 496 del 2 de abril de 2001, la Secretaría General de la Comunidad Andina autorizó al Gobierno colombiano a aplicar franquicias arancelarias a las importaciones de mercancías destinadas a los municipios de Inírida en el departamento del Guainía, y Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el departamento del Vichada.

Que, en consecuencia, el Gobierno nacional, mediante Decreto 1206 de 2001, estableció las disposiciones aplicables a la importación de mercancías destinadas al municipio de Inírida en el departamento de Guainía y a los municipios de Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el departamento del Vichada.

Que mediante Resolución número 985 del 15 de diciembre de 2005, publicada en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena número 1279 del 3 de enero de 2006, la Secretaría General de la Comunidad Andina autorizó al Gobierno colombiano a prorrogar por un término de cinco (5) años las franquicias arancelarias otorgadas a las importaciones de mercancías destinadas a los municipios de Inírida en el Departamento de Guainía y Puerto Carreño, La Primavera y Cumaribo en el Departamento del Vichada, tal y como se estableció mediante Decreto 168 de 2006.

Que la Secretaría General de la Comunidad Andina, mediante Resolución 1372 del 27 de octubre de 2010, dispuso: "Artículo 1°. Autorizar al Gobierno de Colombia la prórroga para la aplicación de las franquicias arancelarias a la importación del universo arancelario de las mercancías, excepto las armas, publicaciones que atentan contra la moral y las buenas costumbres, productos precursores en la elaboración de narcóticos, estupefacientes o drogas no autorizadas por el Ministerio de Salud y mercancías cuya importación se encuentre prohibida por el artículo 81 de la Constitución Política de Colombia o por Convenios Internacionales a los que Colombia se haya adherido o adhiera, destinadas a los municipios de Inírida en el Departamento de Guainía, y Puerto Carreño, La...

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