Decreto 2905 de 2007, por el cual se modifica el Decreto 1612 de 2003. - 31 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 353772178

Decreto 2905 de 2007, por el cual se modifica el Decreto 1612 de 2003.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46706

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto-ley 254 de 2000,

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase el artículo 45 del Decreto 1612 de 2003, adicionado y modificado por los Decretos 271 y 2523 de 2006 y 277 de 2007, el cual quedará así:

Artículo 45. Efectos de la terminación del proceso liquidatorio de Teletolima S.A.-E.S.P. en Liquidación, en relación con el Parapat y el Par. Producido el cierre del proceso liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones del Tolima-Teletolima S.A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Despacho del Ministro, ocupará la posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el Parapat y el Par, y exclusivamente respecto a sus derechos, hasta el 31 de julio de 2008.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Despacho del Ministro, ejercerá la función de coordinación entre el Parapat y el Par para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta la fecha señalada en el inciso 1° de este artículo

.

Artículo 2° Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 31 de julio de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El...

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