Decreto 093 de 2000, por el cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 1o. del artículo 8o. de la Ley 185 de 1995. - 7 de Febrero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354187154

Decreto 093 de 2000, por el cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 1o. del artículo 8o. de la Ley 185 de 1995.

Número de Boletín43882

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades que le confiere el

ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. En los procesos de enajenación de acciones de que trata la Ley 226 de 1995, la Nación podrá asumir obligaciones de pago derivadas de operaciones de crédito público o asimiladas a cargo de las entidades descentralizadas del orden nacional objeto de dichos procesos y que cuenten con garantía de la Nación, siempre y cuando como contraprestación aquéllas le entreguen activos monetarios por el monto del saldo del capital y de los intereses adeudados de las obligaciones a asumir.

&$ARTICULO 2o. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

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