Decreto 52 de 1994, por el cual se modifica la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial. - 11 de Enero de 1994 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354207918

Decreto 52 de 1994, por el cual se modifica la remuneración del personal del Escalafón Nacional Docente y se dictan otras disposiciones salariales para el sector educativo oficial.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín41168

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

ARTICULO 1o A partir del 1° de enero de 1994, la asignación básica mensual para los distintos grados del Escalafón Nacional Docente, correspondiente a los empleos docentes de carácter nacional o nacionalizado, será la siguiente:

|GRADO |ASIGNACION BASICA MENSUAL |

|A |$115.649 |

|B |128.114 |

|1 |143.578 |

|2 |148.827 |

|3 |157.936 |

|4 |164.170 |

|5 |174.525 |

|6 |186.321 |

|7 |211.741 |

|8 |240.021 |

|9 |266.774 |

|10 |292.762 |

|11 |335.530 |

|12 |401.983 |

|13 |447.723 |

|14 |512.835 |

PARAGRAFO 1o. Los educadores oficiales nombrados de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley 85 de 1980, devengarán a partir del 1° de enero de 1994, las siguientes asignaciones mensuales, independientemente del nivel de educación en que trabajen:

|Bachiller |$106.251 |

|Técnico Profesional o Tecnólogo |141.731 |

|Profesional Universitario |173.184 |

PARAGRAFO 2o. Los instructores y consejeros de los INEM, ITA y CASD que se encuentren escalafonados, devengarán la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el Escalafón Nacional Docente, de acuerdo con la escala establecida en el inciso 1° de este artículo. Los no escalafonados vinculados antes del 31 de diciembre de 1985, percibirán la asignación básica mensual que devengaban en 31 de...

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