Decreto 2156 de 1992, por el cual se reestructura la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS - 31 de Diciembre de 1992 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354209734

Decreto 2156 de 1992, por el cual se reestructura la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS

Número de Boletín40704

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades conferidas en el Artículo Transitorio 20

de la Constitución Política y teniendo en cuenta las recomendaciones

de la Comisión de que trata dicho artículo.

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. NATURALEZA JURIDICA. La Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS es un establecimiento público del orden nacional, dotado de personería jurídica, autonomías administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Desarrollo Económico.

&$ARTICULO 2o. OBJETO. La Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, como entidad de previsión social, tendrá a su cargo el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, económicas y médico asistenciales consagradas en las normas vigentes para los empleados públicos de las Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades y Valores, de la misma Corporación, en la forma que disponga sus estatutos y reglamentos internos, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias.

&$ARTICULO 3o. FUNCIONES. Además de las funciones que la ley le señala y de las atribuidas a los organismos de previsión social, la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, cumplirá las siguientes actividades:

  1. Organizar, dirigir y administrar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, económicas y médico asistenciales de los empleados públicos de las Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades de Valores y de la misma Corporación.

  2. Atender las prestaciones a que se obligue en favor de sus afiliados beneficiarios, pensionados y adscritos especiales.

  3. Expedir, con la aprobación del Gobierno, reglamentos generales para la atención de las prestaciones a su cargo, de conformidad con las normas legales y reglamentarias.

  4. Realizar las inversiones que le permitan servir oportunamente los objetivos propios de la institución y le garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez.

  5. Determinar la estructura de los sistemas de atención médico asistencial adecuados para los fines propios de la medicina social y de acuerdo con los principios y normas de esta.

    &$ARTICULO 4o. DIRECCION Y ADMINISTRACION. La dirección y administración de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, estará a cargo de una junta directiva y del director general, quien será su representante legal.

    &$ARTICULO 5o.. La junta estará integrada por:

  6. El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, quien la presidirá.

  7. El Superintendente de Sociedades.

  8. Dos Superintendentes delegados de la Superintendencia de...

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