Decreto 456 de 1956, por el cual se facilita el cobro de honorarios y otras remuneraciones de carácter privado. - 14 de Marzo de 1956 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354213370

Decreto 456 de 1956, por el cual se facilita el cobro de honorarios y otras remuneraciones de carácter privado.

Número de Boletín28987

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial

de las que le confiere el artículo 121

de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949, se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que las remuneraciones de los servicios personales, llámense honorarios, comisiones, precios, etc., tienen, como el salario, un carácter vital o alimenticio que exige su pago oportuno y la consiguiente protección del Estado,

DECRETA:

&$ARTICULO 1o. La Jurisdicción Especial del Trabajo conocerá de los juicios sobre reconocimiento de honorarios y remuneraciones por servicios personales de carácter privado, cualquiera que sea la relación jurídica o motivo que les haya dado origen siguiendo las normas generales sobre competencia y demás disposiciones del Código procesal del trabajo. (Decreto extraordinario número 2158 de 1948).

El trámite de dichos juicios del acreedor de los honorarios o remuneraciones de que trata el presente artículo, se tramitará conforme al procedimiento del juicio ejecutivo establecido en el Código citado.

&$ARTICULO 2o. El presente Decreto rige un (1) mes después de la fecha de su expedición, y suspende las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.E., a 2 de marzo de 1956.

General Jefe Supremo,

GUSTAVO ROJAS PINILLA.

Presidente de Colombia.

El Ministro de gobierno,

LUCIO PABON NUÑEZ.

El Ministro de relaciones Exteriores,

EVARISTO SOURDIS.

El...

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