Decreto 4725 de 2008, por el cual se modifica el Decreto 1604 de 2003. - 22 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354213438

Decreto 4725 de 2008, por el cual se modifica el Decreto 1604 de 2003.

EmisorMinisterio de Comunicaciones
Número de Boletín47092

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto-ley 254 de 2000,

DECRETA:

Artículo 1° Modifícase el artículo 45 del Decreto 1604 de 2003, adicionado y modificado por los Decretos 263 y 2515 de 2006, 269 y 2897 de 2007, y 2812 de 2008, el cual quedará así:

Artículo 45. Efectos de la terminación del proceso liquidatorio de Telemaicao S.A. - E.S.P. en Liquidación, en relación con el Parapat y el PAR. Producido el cierre del proceso liquidatorio y la extinción de la personería jurídica de la Empresa de Telecomunicaciones de Maicao - Telemaicao S.A. E.S.P. en Liquidación, el Ministerio de Comunicaciones, ocupará la posición de fideicomitente en los contratos de fiducia mercantil celebrados para constituir el Parapat y el PAR, y exclusivamente respecto a sus derechos.

El Ministerio de Comunicaciones ocupará tanto la posición de fideicomitente como la función de coordinación entre el Parapat y el PAR para que efectivamente cumplan su finalidad, hasta el 31 de diciembre de 2009 en el caso del PAR, y en el caso del Parapat hasta su extinción

.

Artículo 2° Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2008.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Ministro de la Protección Social,

Diego...

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