Decreto 300 de 1995, por el cual se establece el procedimiento para verificar el cumplimiento de las normas técnicas colombianas oficiales obligatorias y los reglamentos técnicos en los productos importados. - 1 de Junio de 1995 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354240942

Decreto 300 de 1995, por el cual se establece el procedimiento para verificar el cumplimiento de las normas técnicas colombianas oficiales obligatorias y los reglamentos técnicos en los productos importados.

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Número de Boletín41875

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y conforme a lo dispuesto en la Ley 6 de 1971, la Ley 7 de 1991, y previo concepto del Consejo Superior de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que según el Decreto 2153 de 1992 corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio establecer, coordinar, dirigir y vigilar los programas nacionales de control industrial de calidad, pesas, medidas y metrología, y organizar los laboratorios de control de calidad y metrología que considere indispensables para el adecuado cumplimiento de sus funciones, así como acreditar y supervisar los organismos de certificación y los laboratorios de pruebas, ensayos y de calibración que hagan parte del Sistema Nacional de Certificación;

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Decreto 2269 de 1993, los productos o servicios sometidos al cumplimiento de una norma técnica colombiana obligatoria o reglamento técnico deben cumplir son éstos, independientemente de que se produzcan en el país o se importen. Para tales efectos, previamente a su comercialización, los fabricantes y los importadores tendrán que demostrar el cumplimiento de la norma técnica o reglamento técnico a través del certificado de conformidad expedido por el organismo o entidad competente;

Que el Gobierno Nacional, al regular el comercio exterior, debe procurar una competencia leal y equitativa entre los productos importados y los nacionales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1

Para obtener el registro o licencia de importación de los productos que estén sometidos al cumplimiento de normas técnicas colombianas oficiales obligatorias o reglamentos técnicos, el interesado deberá presentar ante el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, conjuntamente con la solicitud correspondiente, el certificado de conformidad con norma técnica colombiana oficial obligatoria o reglamento técnico...

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