Decreto 3381 de 2006, por medio del cual se reglamenta el numeral 6 del artículo 4° del Decreto-ley 1750 de 2003. - 31 de Mayo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359499262

Decreto 3381 de 2006, por medio del cual se reglamenta el numeral 6 del artículo 4° del Decreto-ley 1750 de 2003.

Número de Boletín46285

31/05/2006El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 6 del artículo 4° del Decreto-ley 1750 de 2003, autoriza a las Empresas Sociales del Estado para suscribir contratos con las personas jurídicas constituidas por sus ex funcionarios o en las que estos hagan parte, que hubieren salido como consecuencia de procesos de reestructuración en la entidad, para permitir la correcta prestación del servicio de salud, de conformidad con los parámetros fijados por la Junta Directiva;

Que el artículo 9° numeral 4 del citado decreto-ley, ordena a las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado, fijar los parámetros para que el Gerente celebre dichos contratos;

Que se hace necesario precisar las condiciones mínimas para que las citadas Juntas Directivas y, en consecuencia, las Empresas Sociales del Estado adelanten los procesos de contratación a los que se refieren las citadas normas,

DECRETA:

Artículo 1°

Las Empresas Sociales del Estado creadas por le Decreto-ley 1750 de 2003, podrán celebrar contratos con personas jurídicas de naturaleza solidaria sin ánimo de lucro constituidas por sus ex funcionarios o en las que estos hagan parte que hubieren salido como consecuencia de procesos de reestructuración de la entidad, para entregar en comodato u otras figuras jurídicas sus bienes muebles e inmuebles con el objeto de que en ellos se presten servicios de salud.

Artículo 2°

Si los bienes inmuebles se encuentran en condiciones aceptables de funcionamiento y los escenarios del mercado permiten presumir la viabilidad del...

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