Decreto 388 de 2006, por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de la Rama Judicial, del Ministerio Público, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones. - 9 de Febrero de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43233436

Decreto 388 de 2006, por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de la Rama Judicial, del Ministerio Público, de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín46177

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º Del régimen salarial ordinario de los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado

Los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado tendrán derecho a la remuneración establecida en el presente artículo, así:

Asignación básica mensual un millón trescientos cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y un pesos ($1.342.461) moneda corriente, gastos de representación mensual dos millones trescientos ochenta y seis mil quinientos noventa y cinco pesos ($2.386.595) moneda corriente y prima técnica dos millones doscientos treinta y siete mil cuatrocientos treinta y tres pesos ($2.237.433) moneda corriente.

Adicionalmente tendrán derecho a percibir la Prima Especial de Servicios a que se refiere el artículo 15 de la Ley 4ª de 1992, que es aquella que sumada a los demás ingresos laborales iguale a los percibidos en su totalidad por los Miembros del Congreso, sin que en ningún caso los supere. Esta prima solo constituye...

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