Decreto 472 de noviembre 21 de 2002 - Anexo normativo - Cartilla 2016. ICA Bogotá. Actualizada - Libros y Revistas - VLEX 641035157

Decreto 472 de noviembre 21 de 2002

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especialista en derecho tributario de la Universidad de Salamanca, dedicado al campo tributario del nivel territorial y nacional, Asesor jurídico Tributario, Socio de impuestos de la firma Parra Asociados Abogados
Páginas157-157
157
Artículo 3. Agentes de retención.
Articulo 4. Cuenta contable de retenciones.
Artículo 5. Procedimiento en devoluciones, rescisiones, anulaciones o resoluciones
de operaciones sometidas al sistema de retención del impuesto de industria y
comercio.
Artículo 6. Procedimiento cuando se efectúan retenciones del impuesto de industria
y comercio por mayor valor.
Artículo 7. Prohibición de simular operaciones.
Articulo 8. Base mínima para retención.
Artículo 9. Base de la retención.
Artículo 10. Comprobante de la retención practicada.
Artículo 11. Declaración y pago de retenciones de entidades públicas.
Artículo 12. Retención por servicio de transporte terrestre.
Artículo 13. Recursos de la unidad por pago por capitación.
Artículo 14. Pagos por servicios públicos.
Artículo 15. Vigencia.
DECRETO 472 DE NOVIEMBRE 21 DE 2002
Por medio del cual se reglamenta el sistema de retención en pagos con tarjetas
de crédito y tarjetas débito de que trata el Acuerdo 65 de 2002”
Artículo 1. Agentes de retención.
Artículo 2. Sujetos de retención.
Artículo 3. Responsabilidad del a liado en la retención.
Artículo 4. Responsabilidad del agente retenedor. E
Artículo 5. Causación de la retención.
Artículo 6. Base de la retención.
Artículo 7. Imputación de la retención.
Artículo 8. Tarifa.
Artículo 9. Procedimientos aplicables.
Artículo 10. Vigencia.
Normas Vigentes Cartilla ICA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR