Decreto 663 de 1993 (abril 2) y sus modificaciones
Autor | Rafael E. Bohórquez Sánchez |
Páginas | 629-629 |
629
Parte 4: Régimen sancionatorio aplicable a la infracción administrativa cambiaria
Decreto 663 de 1993 (abril 2)
titulación y numeración
SFC, en cuanto al ejercicio de vigilancia y control de quienes fueron designados Intermediarios
del Mercado Cambiario – IMC, conforme a la Resolución Externa 1 de 2018 JDBR, en su Título
II, Capítulo I Art. 7º. y Capítulo II Arts. 8º. a 11º. y queden bajo su potestad ante la actuación
que podrán realizar en el mercado cambiario.
A continuación se incluye el enlace por su consulta: https://www.nuevalegislacion.com/
El citado decreto comprende, entre otros, los siguientes asuntos respecto de la vigilancia
y control por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia – SFC:
ARTÍCULO 111. Otras Operaciones.
1. Operaciones de cambio. De conformidad con el artículo 8 de la Ley 9 de 1991, las
cambiario, podrán realizar las operaciones de cambio, en las condiciones y con los requisitos
que determinen las autoridades competentes.
(…)
SUPERINTENDENCIA BANCARIA.
3552 de 2005. El nuevo texto es el siguiente:>
(…)
3. Funciones de las direcciones de Superintendencia.
3552 de 2005, establece las funciones de las Direcciones de Superintendencia. El nuevo
texto es el siguiente:> Las direcciones de Superintendencia, bajo la coordinación de los
superintendentes delegados, tendrán las siguientes funciones:
3.1. Funciones de carácter técnico
(…)
h) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones cambiarias por parte de las instituciones
mercado cambiario
(…)
• Derogado Artículo 75 Parágrafo 5º. Ley 964 de 2005
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