DECRETO LOCAL 10 SF RD 2645 - 29 de Mayo de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449162634

DECRETO LOCAL 10 SF RD 2645

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2645 29 MAYO 2002
EmisorAlcaldia Local de Santafe
13
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2645 Pp. 1-13
2.002-Mayo-29
Año 36
- Unidad de Mediación y Conciliación Local.
- Comisaría de Familia.
- El Coordinador Normativo y Jurídico de la Alcaldía Local.
- El Coordinador Administrativo y Financiero de la Alcaldía
Local, quien actuara como Secretario Técnico y se encargara
del seguimiento a las decisiones, obligaciones y compromisos
que se adopten, así como de levantar las actas y ayudas de
memoria que se requieran según lo estipulado en el artículo 5
- Servidores Públicos, Autoridades Locales y demás personas
que el Alcalde Local considere conveniente invitar.
- Comités o Consejos Locales (Artículo 8 Decreto 098 de
2002).
Parágrafo No. 1. La Subsecretaria de Asuntos Locales de la
Secretaría de Gobierno, o la dependencia que haga sus ve-
ces, será la encargada de realizar el seguimiento al funciona-
miento de los Consejos Locales de Gobierno.
Parágrafo No. 2. El Alcalde Local podrá siempre que no exista
limitación legal, delegar su representación con voz y voto en
los comités o consejos que se celebren en cada localidad con
excepción del Consejo Local de Gobierno.
ARTICULO 2. Sesiones. El Consejo Local de Gobierno sesionará
una vez por mes, y de manera extraordinaria cuando así lo
considere el Alcalde Local.
Parágrafo. El plan de actividades del Consejo Local de Go-
bierno, al cual se refiere el inciso segundo del artículo 6 del
Decreto 098 de 2002, deberá ser semestral y enmarcarse en
las políticas, estrategias, objetivos y metas del Plan de Desa-
rrollo Distrital y Local vigente.
ARTICULO 3. Vigencia. El presente Decreto Local rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del
mes de Mayo del año 2002.
JAIME ORLANDO REYES GUERRERO
Alcalde Local de San Cristóbal.
ALCALDÍA LOCAL DE SANTA FE
Decreto Local Número 10
(Mayo 27 de 2002)
Por el cual se conforma el Consejo Local de
Gobierno de la Localidad Tercera de Bogotá
EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE,
DISTRITO CAPITAL ,
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las señaladas en los numerales
1,3 y 4 del artículo 86 del Decreto Ley
1421 de 1.993 y,
CONSIDERANDO:
Que el decreto Distrital 098 de 2.002 creó los Consejos Lo-
cales de Gobierno, como instancia para la coordinación efec-
tiva de las acciones y funciones de las entidades Distritales
en lo local y de fortalecimiento de los espacios de reconoci-
miento de lo local frente a los niveles central y descentraliza-
do del Distrito Capital.
Que mediante la conformación del consejo Local de Gobierno
se buscará optimizar la coordinación y eficiencia en la gestión
de las distintas entidades e instancias de la administración
pública local.
Que conformaron el parágrafo primero del articulo 5 de la
mencionada norma, el Alcalde Local determinará mediante
decreto local los miembros que conformarán el Consejo Local
de Gobierno.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Crease en la Localidad Tercera de
Santa Fé el Consejo Local de Gobierno, como instancia para
la coordinación de las acciones y funciones de las entidades
Distritales en la localidad y de fortalecimiento de los espacios
de reconocimiento de lo local frente a los niveles central y
descentralizado del Distrito Capital
ARTICULO SEGUNDO: Conformación. El Consejo Local de
Gobierno estará conformado de la siguiente manera:
§
El Alcalde Local, quién lo presidirá, el Coordinador Adminis-
trativo y Financiero y el Coordinador Normativo y Jurídico.
§
Los representantes y gestores locales de las siguientes
entidades Distritales:
Gestor Cultural Instituto Distrital de Cultura y Turismo IDCT
Gerente Local Instituto Distrital para la Recreación y Deporte
I.D.R.D.
Gestor Local MISION BOGOTA
Delegado del Departamento Administrativo de Acción Comu-
nal. DAAC
Comandante Tercera Estación de Policía
Delegado del Instituto de Desarrollo Urbano I.D.U.
Delegado Distrito Operativo de Tránsito Local D.O.T.
Jefe Oficina Asesora de Comunicac. Del Departamento Admi-
nistrativo de Acción Comunal. DAACD
Delegado. Departamento Administrativo de la Defensoria del
Espacio Público

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