DECRETO LOCAL 003 RD2622 - 24 de Abril de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449159166

DECRETO LOCAL 003 RD2622

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2622 24 ABRIL 2002
EmisorAlcaldia Local de Engativa
27
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2622 Pp. 1-27
2.002-Abril-24
Año 36
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO: Créanse las Olimpiadas Locales de Puente
Aranda
ARTICULO SEGUNDO: DURACIÓN: Se llevaran a cabo entre
los meses de Agosto a Diciembre de cada año. Todo Alcalde
Local deberá incluir las Olimpiadas Locales en el Plan de De-
sarrollo como proyecto de gran impacto en el respectivo pro-
grama. De esta manera habrá continuidad.
ARTICULO TERCERO: SISTEMA: Se realizaran por fases así:
Primera Fase: Torneos Barriales Clasificatorios
Segunda Fase: Competencias interbarriales de los clasifica-
dos. Se agruparan por Sectoriales (UPZ).
Tercera Fase: Competencias finales entre los clasificados de
los sectoriales.
ARTICULO CUARTO: CATEGORIAS.
Preinfantil hasta 12 años.
Infantil hasta 17 años 364 días.
Mayores hasta 34 años 364 días.
Adultos hasta 50 años 364 días
Adultos mayores desde los 51 años.
ARTICULO QUINTO. DEPORTES. Ajedrez, Atletismo, que com-
prende todas las modalidades. Baloncesto, Fútbol de Salón,
Fútbol. Patinaje, Tejo, Rana, Minitejo, Voleibol, Ciclismo, te-
nis de Mesa.
Estos se establecen de acuerdo a las categorías.
ARTICULO SEXTO: COMITÉ ORGANIZADOR. El alcalde Lo-
cal, convocará para el mes de mayo de cada año a los si-
guientes representantes.
Un Delegado del Alcalde Local o su delegado.
Un representante de la Asociación de Juntas, el Secretario de
Deportes de la Asociación de Juntas.
Un Representante de la Liga de Padres de Familia.
Un Representante de los Clubes de la Localidad con reconoci-
miento Deportivo.
La Directora del CADEL o su delegado (a)
El Comandante de la Policía de la Localidad o su delegado (a).
El o La Directora del Col o su Delegado (a).
El presidente de la Comisión de Gobierno de la JAL.
Un Representante de los Industriales.
Un Representante de los Comerciantes.
Un Representante de las Escuelas de Formación Deportiva
con reconocimiento Legal.
ARTICULO SEPTIMO. Será el comité organizador quien elabo-
rará la agenda de torneos y el reglamento.
PARAGRAFO 1: El Alcalde Local, facilitará la parte Logística.
PARAGRAFO 2. Corresponde a la Institución Distrital compe-
tente, contratar la última fase, comprendiendo esta con los
juegos de Integración Ciudadana.
ARTICULO OCTAVO: PRESUPUESTO: Para cada año, en el
plan de inversión Local, se asignarán recursos para tal fin.
ARTICULO NOVENO: El presente acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá. D.C. Localidad de Puente
Aranda a los 24 días del mes de marzo
de 2.001.
NORMA PATRICIA LÓPEZ
EL PRESIDENTE
CESAR CARDENAS
EL SECRETARIO
La Alcaldesa Local de Puente Aranda
sanciona el presente Acuerdo a los 8 días
del mes de abril del año 2002.
BERTHA JUDITH ROJAS BURGOS
ALCADESA LOCAL.
Decreto Local de 2002
ALCALDÍA LOCAL DE ENGATIVÁ
Decreto Local Número 003
(23 de Abril de 2002)
POR MEDIO DEL CUAL SE PRORROGA
SEIS (6) DIAS LA CONVOCATORIA A
SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA

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