DECRETO LOCAL 003 2008 RD 3939 - 29 de Febrero de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445786430

DECRETO LOCAL 003 2008 RD 3939

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3939 29 FEBRERO 2008
EmisorAlcaldia Local de Martires
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3939 • pP. 1-33 • 2008 • FEBRERO 29
4) Certi cación de residencia en la localidad.
5) Original de la cedula.
6) Cumplir con los requisitos del sector por el que va
votar.
ARTICULO 3ª: Vigencia. El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su expedición y deroga todas las
normas que le sean contrarias, en particular, el Decreto
Local 01 de 2007.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los veintisiete (27) días del
mes de febrero de 2008.
JAVIER FERNANDO MORA ANDRADE
Alcalde Local de Suba (E.)
ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES
Decreto Local Número 003/2008
(Febrero 19 de 2008)
“Por el cual se instala el Consejo de Planeación
Local de la Localidad de los Mártires de confor-
midad a lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de
junio 26 de 2000 del Concejo de Bogotá”.
LA ALCADESA LOCAL DE LOS MARTIRES
En uso de sus facultades legales que el con ere
el artículo 7° del Acuerdo No. 13 de 2000
CONSIDERANDO:
1. Que en virtud del artículo 5° capítulo II del Acuer-
do No. 13 de 2000 se deberá crear e integrar el
Consejo de Planeación en cada Localidad, el cual
tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la
instancia de planeación en la Localidad, integrado
por un representante de las siguientes organiza-
ciones, con asiento en la Localidad:
* Asociación de Juntas de Acción Comu-
nal.
* Asociación de Padres de Familia.
* Organizaciones Juveniles.
* Rectores de establecimientos educati-
vos.
* Organizaciones de Comerciantes.
* Organizaciones de Industriales.
* Gerentes de Establecimientos de Salud
Pública.
* Organizaciones no Gubernamentales.
* Minorías Étnicas Afrodescendientes.
* Organizaciones de Comunidades Indíge-
nas y Étnicas.
* Organizaciones Ambientales.
* Consejos Tutelares.
2. Que en virtud del parágrafo único del artículo
5° Capítulo II del Acuerdo 110 de 2003 para
los efectos del cumplimiento de la función de
participación en la formulación y seguimiento de
políticas en la planeación del desarrollo Local en
el tema de infancia y de seguimiento y veeduría a
los proyectos, programas y presupuestos anuales,
el Consejo Tutelar eligió su representante para el
Consejo Local de Planeación.
3. Que se realizó la convocatoria ciudadana por parte
de la Alcaldesa Local para la conformación del
Consejo de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo
No. 13 artículo 6°.
4. Que una vez vencidos los términos de acreditación
e inscripción por parte de las distintas organizacio-
nes contempladas en el Acuerdo No. 13 capítulo
II artículo 5° fueron inscritos un total de ciento
dieciséis (116) representantes de organizaciones
locales de los distintos sectores.
5. Que una vez realizada la elección de cada uno
de los representantes de los distintos sectores
al Consejo de Planeación Local de acuerdo a las
calidades estipuladas en el artículo 8° y los térmi-
nos del artículo 6° del Acuerdo No. 13, la Alcaldia
local:
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Instálese el Consejo de
Planeación Local de la Localidad de Los Mártires el
cual estará conformado por los representantes de los
siguientes sectores así:

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